Buscar instrumentos legales

 

Tipo Número (ej.: 1-100) Título
   

Buscador avanzado >>

 

Decreto 1608 / 2024 Ignacio Torres 

Imprimir detalle
Título: Otórgase un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Rawson destinado al pago del cuerpo de guardavidas de esa localidad por la temporada 2024- 2025.
 
Fecha Registro: 30/10/2024
 
Detalle:

Rawson, 30 OCT 2024
VISTO:
El expediente N° 1623-SGG-24; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1/24 se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, y su modificatoria Ley II N° 298, para el Ejercicio 2024;
Que por el expediente N° 1623-SGG-24, se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a la Municipalidad de Rawson, con el fin de afrontar el pagó del cuerpo de guardavidas de esa localidad por la Temporada 2024-2025;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 7° bis de la Ley XIX N° 22 y; en el artículo 1° Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03;
Que la asistencia a los Municipios es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaria General
de Gobierno fs.42;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES ($ 86.000.000,00.-), a favor de la Municipalidad de Rawson, representada por su Intendente, señor Damián Emanuel BISS (DNI N° 27.604.787), responsable de su rendición y administración, destinado al pago del cuerpo de guardavidas de esa localidad por la temporada 2024- 2025.
Artículo 2°. El aporte otorgado en el artículo Io deberá ser invertido por el Responsable dentro de los sesenta (60) días de recepcionado el primer desembolso y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 3°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91- SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 96, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 1.11, Partida 5.76: Aportes a Gobiernos Municipales, Ejercicio 2024.
Artículo 4°. El presente decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 5°. Regístrese, comuniqúese, dese al Boletín Oficial y cumplido, archívese .
DECRETO N° 1608
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003
(Se relaciona) Ley II 282
(Se relaciona) Ley II 289
(Se relaciona) Ley II 298

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)