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Título: Designar a la agente Liliana Elizabeth CASETTE a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew |
Fecha Registro: 28/11/2024 |
Detalle: Rawson, 26 N0V 2024 VISTO: El Expediente N° 2532-M.D.H.- 2024; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, se gestiona designar a la agente Liliana Elizabeth CASETTE, quien revista el cargo Administrativo II - Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos con 44 horas semanales de labor - Planta Permanente de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto; Que se deberá dejar sin efecto a partir de la fecha del presente decreto, la designación a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, efectuada mediante Decreto N° 482/2020, del agente Marcelo Eduardo AMITRANO; Que el agente Marcelo Eduardo AMITRANO, se reintegrará a su cargo de revista, cargo Chofer - Categoría 4-A - Agrupamiento Personal Servicios Generales - Planta Temporaria con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores - Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto; Que en virtud de la presente designación, la agente Liliana Elizabeth CASETTE se hará acreedora de la diferencia salarial existente entre su cargo de revista, Administrativo II Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo con 44 horas semanales de labor Planta Permanente de la Ley I N° 114 y el cargo a designar, conforme lo establecido en el artículo 105 de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto y por el período que permanezca designada; Que en virtud del trámite que se gestiona, la agente Liliana Elizabeth CASETTE percibirá el adicional por dedicación exclusiva, establecido en el artículo 5° inciso h) de la Ley I N° 114; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764, modificada por Ley I N° 770; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificada por Ley II N° 298; Que la Dirección General de Personal y Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales, dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, han tomado intervención en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente decreto, la designación a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, efectuada mediante Decreto N° 482/2020, del agente Marcelo Eduardo AMITRANO (DNI N° 17.933.174 - Clase 1966), según lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 2°. El agente Marcelo Eduardo AMITRANO (DNI N° 17.933.174 - Clase 1966), se reintegrará a su cargo de revista, cargo Chofer - Categoría 4-A - Agrupamiento Personal Servicios Generales - Planta Temporaria con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores - Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano, y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir de la fecha del presente decreto, según lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 3°. Designar a partir de la fecha del presente decreto, a la agente Liliana Elizabeth CASETTE (DNI N° 28.390.157 - Clase 1980), quien revista el cargo Administrativo II - Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos con 44 horas semanales de labor - Planta Permanente de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de DesaiTollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, según lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 4°. Abonar a la agente Liliana Elizabeth CASETTE (DNI N° 28.390.157 - Clase 1980) la diferencia salarial entre su cargo de revista - cargo Administrativo II - Categoría 3-C Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, y el cargo Directora del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos con 44 horas semanales de labor - Planta Permanente de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, conforme lo establecido en el artículo 105 de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto y por el período que permanezca designada. Artículo 5°. Abonar a la agente Liliana Elizabeth CASETTE (DNI N° 28.390.157 - Clase 1980) el adicional por dedicación exclusiva, establecido en el artículo 5° inciso h) de la Ley I N° 114, en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 6°. El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - SAF 40 - Ministerio de Desarrollo Humano Programa 19 - Atención al Niño, Adolescente y Familia - Actividad 1 - Conducción y Administración Atención al Niño, Adolescente y Familia - Ejercicio 2024. Artículo 7°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Humano y de Gobierno. Artículo 8°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese y cumplido, archívese. DECRETO N° 1770| |
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