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Decreto 1795 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Designar al agente Marcos Daniel Areco
 
Fecha Registro: 09/12/2024
 
Detalle:

RAWSON, 09 DIC 2024

VISTO:
El Expediente N° 2357/2024-SGG; y
CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto, se solicita dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección de Coordinación Institucional - Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N° 1210/18, a la agente Lucrecia Carolina Simón, quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto;
Que asimismo se solicita designar a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección Coordinación Institucional - Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, al agente Marcos Daniel Areco, quien revista en el cargo Ordenanza "B" - Código 1-017 - Clase VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto;
Que asimismo, se deberá abonar la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo Jefe de Departamento Articulación y Relaciones Institucionales, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, al agente Marcos Daniel Areco, de acuerdo a lo establecido por el artículo 105° de la Ley I N° 74, reglamentado por el artículo 1*, Punto II - apartado 2 de) Decreto N° 116/82, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el presente se dicta en el marco de las facultades conferidas por la Ley I N° 764;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282 nodificado por la Ley II - N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24 y modificada Ley II - N° 298;
Que la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, interviene en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, y la Dirección General de Asesoría Legal, ambas de la Secretaría General de Gobierno, han tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Dejar sin efecto la designación a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección Coordinación Institucional ~ Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, otorgada mediante Decreto N® 1210/18, a la agente Lucrecia Carolina Simón (DNI N® 38.046.231 - Clase 1994), quien revista en el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°. Designar a cargo del Departamento Articulación y Relaciones Institucionales - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, de la Dirección de Coordinación Institucional - Dirección General Casa del Chubut - Secretaría General de Gobierno, al agente Marcos Daniel Areco (DNI N° 33.199.602 - Clase 1987), quien revista en el cargo Ordenanza "B" - Código 1- 017 - Clase VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente, dependiente de la citada Dirección General, a partir de la fecha del presente decreto. -
Artículo 3°. Abonar la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo Jefe de Departamento Articulación y Relaciones Institucionales, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, al agente Marcos Daniel Areco (DNI N° 33.199.602 - Clase 1987), de acuerdo a lo establecido por el artículo 105’ de la Ley I N° 74, reglamentado por el artículo 1°, Punto II - apartado 2 del Decreto N° 116/82, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción 10 - Secretaría Genera! de Gobierno - S.A.F. 11
-     Casa del Chubut - Programa 20 - Representación de la Provincia - Actividad 1
-     Representación Oficial - Ejercicio 2024.-
Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 6°. Regístrese, comuníquese, notifíquese y cumplido, archívese.-


DECRETO N° 1795

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1/2024
(Se relaciona) Ley II 282
(Se relaciona) Ley II 289
(Se relaciona) Ley II 298

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)