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| Título: Téngase por Ley de la Provincia: I N° 798 |
| Fecha Registro: 09/12/2024 |
| Detalle: RAWSON, 09 DIC 2024 VISTO Y CONSIDERANDO: El proyecto de ley referente a establecer que los establecimientos hospitalarios, puestos sanitarios y demás efectores dependientes de la Secretaría de Salud, procedan al cobro de los aranceles hospitalarios asistenciales y sanitarios por internación y/o servicios auxiliares, medicamentos y materiales sanitarios que presten o suministren a residentes extranjeros que revistan las categorías de “residentes transitorios” y “residentes precarios”, según la Ley Nacional N° 25.871 de Migraciones; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 21 de noviembre de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia: I N° 798 Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.- DECRETO N° 1798 |
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