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Decreto 1826 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Reubicar a la agente Alejandra Mercedes IBARRA
 
Fecha Registro: 09/12/2024
 
Detalle:



RAWSON, 09 DIC 2024


VISTO:

El Expediente N° 499-GB-2024; y
CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita reubicar a la agente Alejandra Mercedes IBARRA, quien revista el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, en el cargo Abogado “C”, Código 4-003, Clase III, Agrupamiento Personal Profesional, ambos cargos Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Subsecretaría de Gobierno dependiente del Ministerio de Gobierno, a partir de la fecha del presente decreto;
Que ia reubicación propuesta se encuentra legalmente sustentada en lo dispuesto por los artículos 100° y 101° de la Ley I N° 74;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobada por la Ley II N° 282, modificada por Ley D 289, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificada por Ley II N° 298,
Que la Dirección General Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno han tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:

Artículo 1°. Reubicar a la agente Alejandra Mercedes IBARRA (DNI N° 23.114.731- Ciase 1973), quien revista el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, en el cargo Abogado “C”, Código 4-003, Clase III, Agolpamiento Personal Profesional, ambos cargos Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Subsecretaría de Gobierno dependiente del Ministerio de Gobierno, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2o. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Ejercicio 2024.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el departamento de Gobierno.
Artículo 4°. Regístrese, comuníquese, notifíquese y cumplido, archívese.

DECRETO N° 1826
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley I 74
(Se relaciona) Ley II 282
(Se relaciona) Ley II 289
(Se relaciona) Ley II 298

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)