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Título: ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN COMPROMISO DE ACTIVIDAD E INVERSIONES EN ÁREAS HIDROCARBURÍFERAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT |
Fecha Registro: 09/01/2025 |
Detalle: LEY VII N° 99 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1°. Establécese que, a partir de la publicación de la presente ley, serán de aplicación los artículos 68 de la Ley XVII N° 102 y 59 de la Ley Nacional N°17.319, respecto de la reducción de regalías en las Concesiones de Explotación referidas en el “ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN COMPROMISO DE ACTIVIDAD E INVERSIONES EN ÁREAS HIDROCARBURÍFERAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT”, aprobado por Ley VII N°67, no siendo aplicables las limitaciones contractuales establecidas con anterioridad. Artículo 2°. Ley General. Comuniqúese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO. Rawson, 09 ENE 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El proyecto de ley referente a establecer, a partir de su publicación, la aplicación de los artículos 68 de la Ley XVII N° 102 y 59 de la Ley Nacional N° 17.319, respecto de la reducción de regalías en las Concesiones de Explotación referidas en el “ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN COMPROMISO DE ACTIVIDAD E INVERSIONES EN ÁREAS HIDROCARBURÍFERAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT”; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 19 de diciembre de 2024, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia: VII N° 99 Cúmplase, comuniqúese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial. DECRETO N° 09 |
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