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Título: OTÓRGASE un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Rawson |
Fecha Registro: 30/12/2024 |
Detalle: RAWSON, 30 DIC 2024 VISTO: El expediente N° 002679-SIEyP-2024; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto la Provincia del Chubut tramita otorgar un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Rawson para la ejecución de la obra denominada: “RED DE GAS B° HABITAT” en Rawson; Que a foja 13 obra la solicitud de fmanciamiento de la Municipalidad de Rawson para llevar a cabo la obra antes mencionada; Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial; Que el monto total de la obra asciende a la suma.total.de PESOS VEINTIDOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON SETENTA CENTAVOS ($ 22.997.692,70); Que a foja 28/29 obra Resolución N° 866/24 de la Municipalidad de Rawson de fecha de 7 de agosto de 2024, adjudicando el Concurso de Precios 01/24 a la firma SUMA SRL; Que a foja 30/31 obra el Contrato de Obra celebrado entre la Municipalidad de Rawson y la firma SUMA SRL; Que a foja 32 se manifiesta que, sobre la evaluación de la documentación presentada por el Municipio, los costos presentados en el presupuesto (fojas 24) y los análisis de precios (fojas 25/26), no se encuentran objeciones en lo que a lo económico se refiere; Que a foja 33, el Director General de Servicios Públicos de la Subsecretaría de Servicios Públicos de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación de la Provincia del Chubut, autoriza la continuidad del trámite; Que a foja 35 obra la afectación preventiva del gasto; Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, y modificatorios; Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación ha tomado intervención; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. OTÓRGASE un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON SETENTA CENTAVOS ($ 22.997.692,70) a favor de la Municipalidad de Rawson CUIT 30-99915588-6, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “RED DE GAS B° HABITAT” en Rawson, el cual será abonado en DOS (2) cuotas, con un desembolso inicial del CINCUENTA POR CIENTO (50%) con la presentación de Acta de Inicio firmada por el representante técnico municipal y la firma del inspector designado por Camuzzi Gas del Sur S.A. y el desembolso restante del CINCUENTA POR CIENTO (50%), se efectivizará contra presentación de informe de avance de obra ante la Subsecretaría de Servicios Públicos, informe que deberá contar con la firma del Sr. Intendente, representante técnico municipal y la firma del inspector designado por Camuzzi Gas del Sur S.A. Artículo 2°. DESIGNASE como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en el artículo 1°, al Intendente de la Municipalidad de Rawson, el Señor Damián Emanuel BISS, D.N.I. 27.064.787. Artículo 3°. El aporte no reintegrable otorgado en el artículo Io deberá ser invertido e informado a la Dirección General de Servicios Públicos de la Subsecretaría de Servicios Públicos de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación de la Provincia del Chubut dentro de los TREINTA (30) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios. Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto el cual asciende a la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON SETENTA CENTAVOS ($ 22.997.692,70); será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 8 - SAF 31 - Programa 16 - Actividad 01 - Inciso 5 - Partida Principal 7 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 111 — Ejercicio 2024. Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros, Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 6°. REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N° 2001 |
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