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Título: Adscribir al agente Carlos Alberto Morales en la Secretaría de Desarrollo Social, Familia y Salud de la Municipalidad de Rawson |
Fecha Registro: 06/03/2025 |
Detalle: RAWSON, 06 MAR 2025 VISTO: El Expediente N° 0156 - M.D.H.- 2025; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, se gestiona adscribir al agente Carlos Alberto Morales, quien revista el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Clase III Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria de la Ley I N° 74, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, en la Secretaría de Desarrollo Social, Familia y Salud de la Municipalidad de Rawson, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el día 31 de diciembre de 2025; Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley I N° 764; Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 3°, 4°, 5° y 7° del Decreto N° 1772/24; Que la Dirección General de Personal y Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, han tomado intervención en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO RESUELVE: Artículo 1°. Adscribir al agente Carlos Alberto Morales (DNI N° 22.203.092 - Clase 1971) quien revista el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Clase III - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria de la Ley I N° 74, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, en la Secretaría de Desarrollo Social, Familia y Salud de la Municipalidad de Rawson, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el día 31 de diciembre de 2025. Artículo 2°. La presente resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Desarrollo Humano y Familia. Artículo 3°. Regístrese por la Secretaría General de Gobierno, comuniqúese a la Dirección General de Administración de Personal, notifíquese, vuelva al organismo oficiante y, cumplido, archívese. RESOLUCIÓN IV N° 19 |
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