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Decreto 239 / 2025 Ignacio Torres 

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Título: Otórgase un subsidio a favor de la Comuna Rural Aldea Beleiro destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la localidad.
 
Fecha Registro: 18/03/2025
 
Detalle:

RAWSON; 18 MAR 2025
VISTO:
El Expediente N° 443/2025 SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, se tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Comuna Rural Aldea Beleiro, representada por su Presidente señora Patricia Verónica Tapia, por un importe total de PESOS ONCE MILLONES ($ 11.000.000,00), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la localidad;
Que a fojas 9 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto;
Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307;
Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Otórgase un subsidio por la suma de PESOS ONCE MILLONES ($ 11.000.000,00) a favor de la Comuna Rural Aldea Beleiro (CUIT N° 30- 67028175-9), representada por su Presidente señora Patricia Verónica Tapia (DNI N° 25.193.007), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la localidad.
Artículo 2°. La Presidente de la Comuna Rural Aldea Beleiro (CUIT N° 30- 67028175-9), será responsable de la administración, y debida inversión de los fondos otorgados.
Artículo 3°. El aporte otorgado mediante el artículo 1° del presente decreto deberá ser invertido por el responsable dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado.
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto y que asciende a la suma total de PESOS ONCE MILLONES ($ 11.000.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Programa 20 - Actividad 1 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 1.11 - Ejercicio 2025.
Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.
Artículo 6°. Regístrese, comuniquese, notifíquese, y cumplido, archívese.
DECRETO N° 239
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Ley II 307

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)