![]() |
Título: Otorgase un subsidio a favor de la Municipalidad de Epuyén |
Fecha Registro: 20/03/2025 |
Detalle: Rawson 20 MAR 2025 VISTO: El Expediente N° 497/2025 - SGG, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad Epuyén, representada por su intendente señor José Alfredo Contreras, por un importe total de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($500.000.000,00). destinado a solventar los gastos originados por la emergencia ígnea; Que a fojas 9 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios; Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente tramite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307; Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otorgase un subsidio por la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000,00) a favor de la Municipalidad de Epuyén (CUI T N° 30-67033461-5) representada por su Intendente señor José Alfredo Contreras (DNI N° 30.735.038), destinado a solventar los gastos originados por ra emergencia ígnea. Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de Epuyén señor José Alfredo Contreras (DNI N° 30.735.038), será responsable de la administración y debida inversión de los fondos otorgados. Artículo 3°. El aporte otorgado mediante el artículo 1° del presente decreto deberá ser invertido por el responsable dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado. Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, y que asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Programa 01 - Actividad 07 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 4.99 - Ejercicio 2025. Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 6°. Regístrese, comuniquese, notifíquese, y cumplido, archívese. DECRETO N° 269 |
|