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Título: Prorrógase la vigencia de los Decretos |
Fecha Registro: 03/04/2025 |
Detalle: RAWSON 03 DE ABRIL 2025 VISTO: El Expediente N° 392 - M.D.H. - 2025, y los Decretos N° 252/22, N° 348/20, N° 417/23, N° 306/24 y N° 946/24; y (CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N° 306/24 se prorrogó la aplicación y ejecución de la Tarjeta Social en la provincia del Chubut, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano a fin de no desproteger a la población más vulnerable, priorizando los grupos de personas en situación de vulnerabilidad nutricional, ratificándose el Reglamento Operativo Provincial establecido mediante Decreto N° 1460/05 y anexos y el monto mensual fijado por el Decreto N° 1131/22; Que en ese orden de ideas, por el decreto citado previamente, se prorrogó la vigencia de la aplicación y ejecución del Decreto N° 417/23, desde el 01 de abril de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025; Que mediante Decreto N° 946/24 se fijó un monto mensual de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00) por tarjeta, destinado a beneficiarios y beneficiarías en situación de vulnerabilidad social para la adquisición de alimentos básicos, desde el 01 de julio de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025; Que por el expediente citado en el visto, la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Desarrollo Humano, solicita la prórroga de la aplicación y ejecución de la Tarjeta Social en la provincia del Chubut, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano, desde el 01 de abril de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026, a fin de no desproteger a la población más vulnerable, priorizando los grupos de personas en situación de vulnerabilidad nutricional; Que ante la imposibilidad de ejecutar de manera inmediata acciones necesarias para la implementación de un nuevo plan provincial, resulta necesario prorrogar la aplicación y ejecución de los Decretos N° 306/24 y N° 946/24 en la provincia del Chubut, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano; Que obran las autorizaciones de rigor para el presente trámite; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Prorrógase la vigencia de los Decretos N° 306/24 y N° 946/24, desde el 01 de abril de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026, y de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos que anteceden. Artículo 2°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Humano y de Gobierno. Artículo 3° Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 300/2025 |
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