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Título: Reservar al agente Vargas, Cesar Alfredo el cargo de revista Preventista de Tránsito |
Fecha Registro: 10/04/2025 |
Detalle: RAWSON, 10 ABR 2025 VISTO: El expediente N° 533 - MSyJ - 2025; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, se tramita reservar al agente Vargas, Cesar Alfredo el cargo de revista Preventista de Tránsito - Código 1-032 - Clase IV - Categoría 4 - Agolpamiento Personal de Servicio - Planta Permanente del Plantel Básico de la Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, en virtud de su designación como Subsecretario de Seguridad Vial (APSV) dispuesta por Decreto N° 48/2025, a partir del día 10 de enero de 2025 y mientras desempeñe las funciones para las que fue designado; Que el presente se dicta en los términos establecidos por los artículos 14 y 20 de la Ley I N° 74; Que la Dirección General de Fiscalización de Personal del Ministerio de Seguridad y Justicia ha tomado intervención; Que la Dirección General de Legales dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Reservar al agente Vargas, Cesar Alfredo (DNI N° 25.733.004 - Clase 1976) el cargo de revista Preventista de Tránsito - Código 1-032 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal de Servicio - Planta Permanente del Plantel Básico de la Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia, en virtud de su designación como Subsecretario de Seguridad Vial (APSV) dispuesta por Decreto N° 48/2025, a partir del día 10 de enero de 2025 y mientras desempeñe las funciones para las que fue designado. Artículo 2°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y Justicia y de Gobierno. Artículo 3°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese y, cumplido, archívese. DECRETO N° 343/2025 |
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