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Decreto 601 / 2025 Ignacio Torres 

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Título: OTORGUESE un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Camarones
 
Fecha Registro: 02/06/2025
 
Detalle:


RAWSON, 02 JUN 2025

VISTO:
El Expediente N° 239-SIEyP-2025; y
CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se celebró un Convenio de aporte no reintegrable entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Camarones, suscripto el día 14 de marzo de 2025, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 2 Folio: 166 con fecha 9 de abril de 2025 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, obrante a fojas 79/80;
Que por el expediente citado en el Visto la Provincia del Chubut tramita otorgar un aporte no reintegrable a la Municipalidad de Camarones para la ejecución de la Obra: “MANTENIMIENTO Y OPERATIVIDAD DEL ACUEDUCTO CAMARONES Y PASO DE PIEDRA”;
Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que el monto total de la Obra denominada: “MANTENIMIENTO Y OPERATIVIDAD DEL ACUEDUCTO CAMARONES Y PASO DE PIEDRA” asciende a la suma total de PESOS CIENTO VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($ 123.345.950,40);
Que a fojas 82 obra la afectación preventiva del gasto;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso I) del Decreto N° 1304/78, y modificatorios;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación ha tomado intervención;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. OTORGUESE un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS CIENTO VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON CUARENTA CENTAVOS (S 123.345.950,40) a favor de la Municipalidad de Camarones, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “MANTENIMIENTO Y OPERATIVIDAD DEL ACUEDUCTO CAMARONES Y PASO DE PIEDRA”, el cual será abonado en doce (12) cuotas iguales de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 10.278.829,20) cada una, que comprende los meses de Enero a Diciembre de 2025.
Artículo 2°. DESIGNESE como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en el artículo Io, a la Intendente de la Municipalidad de Camarones, Señora Claudia Alejandra LOYOLA (DN1 N° 28.852.167).
Artículo 3°. El aporte no reintegrable otorgado en el artículo 1° deberá ser invertido e informado a la Dirección General de Obras Municipales de la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los TREINTA (30) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios.
Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto el cual asciende a la suma total de PESOS CIENTO VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($ 123.345.950.40); será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 91 - SAF 91 Dirección de administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda - Programa 96 - Actividad 01 - Inciso 5 - Partida Principal 7 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 Fuente de Financiamiento 1.11 - Ejercicio 2025.
Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 6°. REGÍSTRESE, comuníquese, notifiquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.


DECRETO N° 601/2025

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Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978

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