![]() |
Título: Otorgase un subsidio a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa |
Fecha Registro: 01/07/2025 |
Detalle: RAWSON, 01 JUL 2025 VISTO: El Expediente N° 1315/2025 - SGG; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa, representada por su Intendente señor Miguel Ángel Gómez, por un importe total de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000,00), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada localidad; Que a fojas 11 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios; Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307; Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otorgase un subsidio por la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000,00) a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa (CUIT N° 33- 67033447-9) representada por su Intendente señor Miguel Ángel Gómez (DNI N° 20.236.496), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada localidad. Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de Gobernador Costa señor Miguel Ángel Gómez (DNI N° 20.236.496), será responsable de la administración y debida inversión de los fondos otorgados. Artículo 3°. El aporte otorgado mediante el artículo Io del presente decreto deberá ser invertido por el responsable dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado. Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, y que asciende a la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAF 10 - Programa 20 - Actividad 01 - Incisos 5.7.6- Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2025. Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 6°. Regístrese, comuníquese, notifíquese, y cumplido, archívese. DECRETO N° 740/2025 |
|