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Título: Otorgase un subsidio a favor de Municipalidad de Esquel destinado a solventar los gastos que demandó la organización y realización del evento “Esquel Festival Blues” |
Fecha Registro: 13/06/2025 |
Detalle: RAWSON, 13 JUN 2025 VISTO: El Expediente N° 432/2025-SGG-SsC; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, la Subsecretaría de Cultura dependiente de la Secretaría General de Gobierno, tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de Esquel, representada por su Intendente señor Matías Federico Taccetta, por el importe total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000,00) destinado a solventar los gastos que demandó la organización y realización del evento “Esquel Festival Blues” tercera edición, llevado a cabo los días 30 y 31 de mayo del corriente año en las instalaciones del Auditorio Municipal de Esquel; Que a fojas 2 se autoriza el inicio del trámite pretendido; Que a fojas 12 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que el presente trámite se encuadra en lo establecido por el Decreto N° 1304/78 y modificatorios; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307; Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado debida intervención en el presente trámite; POR ELLO: LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO RESUELVE: Artículo 1°. Otorgase un subsidio a favor de Municipalidad de Esquel (CUIT N° 30- 99909329-5), representada por su Intendente señor Taccetta Matías Federico (DNI N° 26.250.195) por el importe total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000,00) destinado a solventar los gastos que demandó la organización y realización del evento “Esquel Festival Blues” tercera edición que se ha llevado a cabo los días 30 y 31 de mayo del corriente año, en las instalaciones del Auditorio Municipal de Esquel. Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de Esquel, señor Taccetta Matías Federico (DNI N° 26.250.195), será el responsable de la administración y debida inversión. Artículo 3°. El subsidio otorgado mediante el artículo 1 ° de la presente resolución deberá ser invertido dentro de los TREINTA (30) días de recepcionado. Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución y que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000,00) será imputado en la Jurisdicción 10 - SAF 14 - Programa 01 - Actividad 01 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 1.11. - Ejercicio 2025. Artículo 5°. La presente resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Cultura. Artículo 6°. Regístrese, comuniquese, notifíquese, y cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 341 |
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