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Título: Otorgase un subsidio a favor de Municipalidad de Alto Río Senguer destinado a solventar los gastos que demande la organización y realización de la “Feria del Libro” |
Fecha Registro: 13/06/2025 |
Detalle: RAWSON, 13 JUN 2025 VISTO: El Expediente N° 396/2025-SGG-SsC; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto, la Subsecretaría de Cultura dependiente de la Secretaría General de Gobierno, tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de Alto Río Senguer, representada por su Intendente señor Miguel Alejandro Mongilardi, por un importe total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000,00) destinado a solventar los gastos que demande la organización y realización de la “Feria del Libro” a desarrollarse los días 11 y 12 de octubre del corriente año; Que a fojas 2 se autoriza el inicio del trámite pretendido; Que a fojas 11 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que el presente trámite se encuadra en lo establecido por el Decreto N° 1304/78 y modificatorios; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307; Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado debida intervención en el presente trámite; POR ELLO: LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO RESUELVE: Artículo 1°. Otorgase un subsidio a favor de Municipalidad de Alto Río Senguer (CUIT 30-67023804-7), representada por su Intendente señor Miguel Alejandro Mongilardi (DNI N° 23.729.006), por un importe total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000,00) destinado a solventar los gastos que demande la organización y realización de la “Feria del Libro” a desarrollarse los días 11 y 12 de octubre del corriente año. Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de Alto Río Senguer, señor Miguel Alejandro Mongilardi (DNI N° 23.729.006), será el responsable de la administración y debida inversión. Artículo 3°. El subsidio otorgado mediante el artículo 1° de la presente resolución deberá ser invertido dentro de los TREINTA (30) días de recepcionado. Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución y que asciende a la suma total de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00) se imputará de la siguiente manera: Jurisdicción 10 - SAF 14 - Programa 01 - Actividad 01 - Incisos 5.1.6 - Fuente de Financiamiento 1.11. - Ejercicio 2025. Artículo 5°. La presente resolución será refrendada por el señor Subsecretario de Cultura. Artículo 6°. Regístrese, comuniquese, notifíquese, y cumplido, archívese. RESOLOUCIÓN N° 344 |
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