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| Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Cholila para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “BAÑOS PREDIO DEL ASADO |
| Fecha Registro: 19/11/2025 |
| Detalle: RAWSON, 19 NOV 2025 VISTO: El Expediente N° 3242/2018 MlPySP; y CONSIDERANDO: Que con fecha 02 del mes de noviembre del año 2018 se suscribió Convenio entre La Provincia del Chubut y La Municipalidad de Cholila, el cual fuera protocolizado al Tomo 4, Folio: 057 con fecha 23 de noviembre del año 2018 en el Registro de Contrato de Locación de Obra e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, para la Ejecución de la Obra: “BAÑOS PREDIO DEL ASADO” de la localidad de Cholila; Que en la Cláusula Primera del Convenio se establece el monto a financiar por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 3.135.200) que será aplicado por La Municipalidad en forma exclusiva y excluyente a la ejecución de la obra ut supra mencionada; Que mediante Disposición N° 000178/19 SOM se aprobó el Proyecto mencionado la suma por el monto indicado en la Cláusula Primera del Convenio; Que a fojas 194/220 la Municipalidad de Cholila acompaña documentación referida a la actualización de los montos de la obra mencionada; Que a fojas 223 consta informe el cual determina que el nuevo monto del presupuesto total actualizado asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 133.893.041,62); Que por lo expuesto se propicia otorgar un aporte no reintegrable complementario a la Municipalidad de Cholila para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “BAÑOS PREDIO DEL ASADO” por la suma de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 130.757.841,62), debiendo adicionarse a dicha suma el saldo del aporte no reintegrable del Convenio citado por la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO DIECINUEVE MIL TRECE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($1.119.013,25), a los fines de determinar la imputación del Ejercicio 2025; Que con fecha 26 de junio de 2025 fue suscripto el Convenio Ampliatorio el cual fuera protocolizado y registrado en la Escribanía General de Gobierno en el Tomo: 5, Folio: 047 con fecha 01 de octubre de 2025, a los fines de tramitar el otorgamiento del nuevo aporte no reintegrable; Que con fecha 08 de octubre de 2025 fue suscripta la Adenda del Convenio mencionado ut supra el cual fuera protocolizado y registrado en la Escribanía General de Gobierno en el Tomo: 5, Folio: 129 con fecha 15 de octubre de 2025, por la cual se modifica la Cláusula Segunda del mismo; Que según consta en Preventivo N° 557725 obrante a fojas 225 y de acuerdo a lo indicado en informe obrante a foja 223 corresponde aprobar el gasto para el Ejercicio 2025 por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 131.876.854,87); Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial; Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, y modificatorios; Que ha tenido legal intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT D E C R E T A : Artículo 1°. Otorgase un aporte no reintegrable complementario por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 130.757.841,62); a favor de la Municipalidad de Cholila para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “BAÑOS PREDIO DEL ASADO”. Artículo 2°. Finánciese la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 133.893.041,62), para la ejecución de la obra mencionada en el Artículo 1, cuyo saldo será abonado contra presentación de fojas de medición de avance de obra firmadas por el técnico designado por el Municipio y por el Inspector de Obra de la Subsecretaría de Obras Públicas. Artículo 3° . Apruébese el gasto para el Ejercicio 2025 por un monto total de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 131.876.854,87), según el siguiente detalle: Jurisdicción 8 - SAF 88- Programa 3 0 - Actividad 03 - Inciso 5 - Partida 8 - Principal 6 - Partida Parcial 01 - Fuente de Financiamiento 6.09 - Ejercicio 2025. Artículo 4° . Designase como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en el artículo 1°, al Intendente de Cholila, Sr. Boudargham, Silvio Ubaldo -D N I:N ° 22.091.002. Artículo 5° . El aporte no reintegrable otorgado en el artículo 1° deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Publicas de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios. Artículo 6°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y de Economía. Artículo 7°. Regístrese, comuniquese, notifíquese y cumplido archívese. DECRETO N° 1421/2025 |
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