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Título: PROMULGACION DE LEY Nº 5494 |
Fecha Registro: 14/06/2006 |
Detalle: RAWSON, 14 JUN 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: El Proyecto de Ley por el cual se modifica el punto a) del artículo 30° del Decreto-Ley N° 1.820 Estatuto del Docente el que quedará redactado de la siguiente forma: a) Ser Argentino, nativo, por opción o naturalizado. En este último caso tener CINCO (5) años como mínimo de residencia continua en el país y dominar el idioma castellano; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 31 de Mayo de 2.006 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial; POR ELLO: Téngase por Ley de la Provincia la número: 5494 Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. DECRETO Nº 715 |
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