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| Título: ASIGNACIONES FAMILIARES: MODIFICANSE MONTOS PREVISTOS EN LAS LEYES Nº 951 Y 952 |
| Fecha Registro: 03/09/1973 |
| Detalle: LEY Nº 1049, RAWSON 03 de septiembre de 1973 Asignaciones Familiares: Modifícanse Montos previsto en las Leyes 951 y 952. B.O. Nº 1837, Rawson Chubut, 3 de Setiembre de 1973 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA Y CON FUERZA DE LEY Artículo 1º).- Modifícase a partir del de junio de 1973, los montos previstos en las leyes 951 y 952, para las prestaciones en concepto de Asignaciones Familiares dispone el régimen creado por la Ley Provincial Nº 790: a) Asignación por cónyuge $ 100,80 b) Asignación por matrimonio $ 840.- c) Asignación por Nacimiento y Adop. $ 672.- d) Asignación por hijo $ 100,80 e) Asignación por familia numerosa $ 42.- f) Asignación por escolaridad primaria $ 50,40 g) Asignación por escolaridad media y superior $ 84.- h) Asig. de Ayuda esc. primaria $ 100,80 i) Asig. por padres y hermanos $ 28.- Artículo 2º).- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las compensaciones pertinentes de partidas presupuestarias para el pago establecido en la presente Ley. Artículo 3º).- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, a los nueve días del mes de Agosto de mil novecientos setenta y tres. |
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