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Título: Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2015 |
Fecha Registro: 16/06/2015 |
Detalle: RAWSON, 16 JUN 2015 VISTO: El expediente N° 3489-MIPySP-15 ; y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 1/15, se aprueba la prórroga del Presupuesto General de la (Administración Central y Organismos Descentralizados aprobado por Ley II N° 159, modificado por la Ley II N° 168, para el ejercicio 2015; Que por el expediente N° 3489-MIPySP-15, el Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 3.58, a efectos de imputar convenios de Infraestructura; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 12°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 159 se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicio de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando las modificaciones involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2015, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos y en la Jurisdicción 63, S.A.F. 63 - SAF Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2, que forman parte del presente Decreto.- Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.- Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Coordinación de Gabinete.- Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N°826 Planilla Anexa N°1 Modificación Presupuestaria N° 15427 Disminución - Ejercicio 2015 Recursos: 1.63.063 Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable Gastos: 1.63.063 Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable Partida Monto Recursos: Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable 2.2.6.21.3.58 AO: Canon de Explotación Ley 5616 - FinFun: - C.Eco : 1.1 .... $-1.000.000,00 Total: $-1.000.000,00 Gastos: Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable 17.00.00.A02.5.8.6.01.3.58 AO: Residuos Domiciliarios - FinFun: 4.4.1 - C.Eco : 2.2 ..... $-1.000.000,00 Total: $-1.000.000,00 Planilla Anexa N°2 Modificación Presupuestaria N° 15428 Incremento - Ejercicio 2015 Recursos: 1.08.088 Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Ss. Públicos Gastos: 1.08.088 Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Ss. Públicos Partida Monto 1. Recursos: Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Ss. Públicos 12.2.6.21.3.58 AO: Canon de Explotación Ley 5616 - FinFun: - C.Eco : 1.1 $ 1.000.000,00 Total: $1.000.000,00 2. Gastos: Ministerio de infraestructura, Planeamiento y Ss. Públicos 29.08.00.A01.5.8.6.01.3.58 AO: Infraestructura Fortalecimiento Municipalidades - Comarca Los Andes - FinFun: 3.8.1 - C.Eco : 2.2 ..... $ 1.000.000,00 Total: $1.000.000,00 |
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