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Título: Modificación del valor módulo establecido en el artículo 118 de la Ley II N° 76 |
Fecha Registro: 14/12/2020 |
Detalle: RAWSON, 14 DE DICIEMBRE DE 2020 VISTO: El Expediente N° 1371-EC-2020 y la Ley II N° 76; y CONSIDERANDO: Que por el expediente del Visto tramita la modificación del valor módulo establecido en el artículo 118 de la Ley II N° 76; Que el incremento del valor módulo permitirá adecuar las contrataciones a valores más adecuados a los precios de mercado, en especial las contrataciones directas; Que se agregan a las actuaciones los cálculos de variación del índice de Precios al por Mayor (IPIM) entre los períodos octubre 2018, período de la última actualización y el período agosto del año 2020; Que conforme el artículo 118 de la Ley II N° 76, el Poder Ejecutivo podrá modificar el valor módulo cuando lo estime oportuno; Que en consecuencia y teniendo en cuenta la variación del índice referido corresponde fijar el nuevo valor módulo a la suma de PESOS DIECINUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES ($19.163); Que ha intervenido legalmente la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Fijase el nuevo valor módulo, de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 118 de la Ley II N° 76, en la suma de PESOS DIECINUEVE MIL CIENTO SESENTA Y TRES ($19.163) .- Artículo 2°.- El presente Decreto será refrqndado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia. Artículo 3°.- REGÍSTRESE, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1265/2020 |
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