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Título: Sustitúyase el Anexo II de la Ley I N° 667 |
Fecha Registro: 18/12/2020 |
Detalle: L E Y I N° 703 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo II de la Ley I N° 667 que en su artículo 35° sustituye el ANEXO E de la Ley I N° 277 (antes Ley N° 5210), el que quedará redactado de la siguiente manera: ANEXO II CARGO PORCENTAJE GOBERNADOR 100,00 % VICEGOBERNADOR 80,00 % MINISTROS - SECRETARIOS 75,00 % VICE MINISTROS 65,00 % SUBSECRETARIOS - JEFE DE POLICIA - ASESOR GENERAL DE GOBIERNO - PRESIDENTE DE CORFO CHUBUT - PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO - PRESIDENTE DEL IAC - PRESIDENTE DE LA ADMINISTRACION DE VIALIDAD PROVINCIAL DIRECTOR GENERAL DE LA CASA DEL CHUBUT - 55,00 % SUBJEFE DE POLICIA 40,00% INGENIERO JEFE DE A.V.P. - GERENTE GENERAL DEL I.P.V. Y D.U. 28,00 % DIRECTOR GENERAL - GERENTE GENERAL DE CORFO CHUBUT 30,00 % SECRETARIO PRIVADO DEL GOBERNADOR 48,00 % SECRETARIO GOBERNADOR 30,00 % VOCALES TITULARES DEL I.A.C. - VOCALES DEL I.P.Vy D.U. - SECRETARIOS DE MINISTROS Y DE SECRETARIOS 30,00 % SECRETARIOS DE SUBSECRETARIOS Y DE VICEMINISTROS 25,00 % Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE. RAWSON, 18 DE DICIEMBRE DE 2020 VISTO Y CONSIDERANDO: El Proyecto de Ley referente a la sustitución del Anexo II de la Ley I N° 667, que en su artículo 35° sustituye el Anexo E de la Ley I N° 277 (antes Ley N° 5210); sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 03 de diciembre 2020, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial; POR ELLO Téngase por Ley de la Provincia: I N° 703 Cúmplase, comuníquese A publíquese en el Boletín Oficial DECRETO N° 1329/2020 |
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