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Título: Designar a la agente Karina Beatriz LEAL |
Fecha Registro: 01/02/2021 |
Detalle: RAWSON, 01 DE FEBRERO DE 2021 VISTO: El Expediente N° 462-MSeg-2020; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se propone designar a cargo del Departamento ANMaC Trelew dependiente del Ministerio de Seguridad a la agente Karina Beatriz LEAL, quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, del Plantel Básico del Ministerio de Gobierno y Justicia, quien reúne ampliamente los requisitos indispensables para dicho cargo; Que el cargo se encuentra vacante; Que por lo expuesto, corresponde abonar a la agente Karina Beatriz LEAL, la diferencia salarial entre su cargo de revista y el cargo en el cual se la designa, conforme lo dispuesto por el Artículo 105° de la Ley I N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 116/82, Articulo 1o Punto II, Apartado 2; Que no existe impedimento legal para acceder a lo solicitado; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 263; Que la Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a cargo del Departamento ANMaC Trelew dependiente del Ministerio de Seguridad, a la agente Karina Beatriz LEAL (M.I.N° 27.841.138 - Clase 1979) quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Clase IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, del Plantel Básico del Ministerio de Gobierno y Justicia.- Artículo 2°.- Abonar a la agente Karina Beatriz LEAL (M.I.N° 27.841.138 - Clase 1979) la diferencia salarial entre su cargo de revista y el cargo en la cual se la designa, conforme lo dispuesto por el Artículo 105° de la Ley I N° 74 del Digesto Jurídico, reglamentado por Decreto N° 116/82, Articulo 1° Punto II, Apartado 2.- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado en la Jurisdicción 9 - S.A.F: 9 - Ministerio de Seguridad - Programa: 5 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad: 1 - Conducción Ministerio de Seguridad.- Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Seguridad.- Artículo 5°. Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.- DECRETO N° 44/21 |
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