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Decreto 135 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Epuyen.
 
Fecha Registro: 10/03/2021
 
Detalle:

RAWSON, 10 DE MARZO DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 645-MGyJ-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021:
Que por el expediente N° 645-MGyJ-2001, se gestiona el otorgamiento de un aporte no reintegrable en el marco de la Emergencia Ígnea, la cual será destinada a la Municipalidad de Epuyen, a efectos de cubrir los incendios forestales:
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03:
Que la asistencia a los Municipios es una prioridad del Gobierno Provincial; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención:

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS UN MILLÓN (1.000.000.-), a favor de la Municipalidad de Epuyen. Representada por su Intendente, señor Antonio REATO (D.N.I. N° 12.795.116), a los efectos de cubrir la Emergencia ígnea.
Artículo 2°.- El subsidio otorgado en el artículo 1° deberá ser intervenido por el Responsable dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado el desembolso y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91. S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 96, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 1.11, Partida 5.76: Aportes a Gobiernos Municipales, Ejercicio 2021.-
Artículo 4°.- Autorizase a la Dirección de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir los fondos del Aporte No Reintegrable conforme lo establecido en el presente decreto.
Articulo 5°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Registrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido , ARCHÍVESE.

DECRETO N° 135/21
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003
(Se relaciona) Ley II 263

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)