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Título: Designar a la Abogada Gladys Mariela OLAVARRIA |
Fecha Registro: 12/04/2021 |
Detalle: RAWSON, 12 DE ABRIL DE 2021 VISTO: El Expediente N° 129/2020-SGPyME; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la designación de la Abogada Gladys Mariela OLAVARRIA en el cargo Directora General de Asuntos Legales de la Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, a partir de la fecha del presente Decreto; Que es competencia de cada Secretaría proponer al Poder Ejecutivo la Designación del Personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece el Artículo 2° Inciso 13° de la Ley I - N° 667; Que corresponde abonar a la abogada Gladys Mariela OLAVARRIA el adicional por Jerarquía Profesional, conforme lo establecido por el Artículo 22 inciso f) de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81 y sustituido por el Decreto N° 509/84; Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 263 del Digesto Jurídico; Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Designar a la Abogada Gladys Mariela OLAVARRIA (DNI N° 27.092.158 - Clase 1978) en el cargo Directora General de Asuntos Legales de la Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, a partir de la fecha del presente Decreto.- Artículo 2°.- Abónese al profesional designado en el Artículo que antecede, el Adicional por Jerarquía Profesional conforme lo establecido por el Artículo 22 inciso f) de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81 y sustituido por el Decreto N° 509/84.- Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 26 - Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - SAF 26 - Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado. Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.- Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.- DECRETO N° 241/21 |
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