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Decreto 844 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Designar al agente Mauricio Alejandro SIERRA
 
Fecha Registro: 29/09/2021
 
Detalle:

RAWSON, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 0396 - M.D.S.F.M. y J. - 20; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se procedió a recaratular Expediente N° 1984-MFyPS-2019, en virtud de la Ley I N° 667, mediante el cual se gestiona designar al agente Mauricio Alejandro SIERRA, cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, a cargo de la Jefatura de Departamento Patrimonio - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Administración, ambos cargos de la Ley I N° 74, dependientes del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que el Artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución y en la Ley;
Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y la remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 667;
Que el cargo Jefe de Departamento Patrimonio - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, se encuentra vacante, en virtud de la renuncia interpuesta por el agente Miguel Ángel CASTIGLIONE, a partir del 01 de junio de 2020, aceptada por Resolución N° IV-25/20;
Que el agente Mauricio Alejandro SIERRA, se hará acreedor de la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria y el cargo que subrogará - Jefe de Departamento Patrimonio - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, ambos cargos de la Ley I N° 74, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la citada norma legal;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 263;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Mauricio Alejandro SIERRA (M.I. N° 33.392.723 - Clase 1988) cargo Oficial Superior
Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, a cargo de la Jefatura de Departamento Patrimonio - Categoría 16 Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Administración, ambos cargos de la Ley I N° 74, del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud.-
Artículo 2°.- El agente Mauricio Alejandro SIERRA (M.L N° 33.392.723 - Clase 1988) se hará acreedor de la diferencia salarial existente entre su cargo de revista Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria y el cargo que subrogará - Jefe de Departamento Patrimonio - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, ambos cargos de la Ley I N° 74, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la citada norma legal.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Ejercicio 2021.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-


DECRETO N°844/21
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Ley II 263
(Se relaciona) Ley I 667

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)