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Decreto 975 / 2021 Mariano Arcioni (II) 

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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Paso de Indios.
 
Fecha Registro: 28/10/2021
 
Detalle:


RAWSON, 28 DE OCTUBRE DE 2021



VISTO:

El expediente N° 3790-MGyJ-2021 ; y

CONSIDERANDO;

Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados; modificada por la Ley II N° 271, para el ejercicio 2021;
Que por el expediente N° 3790-MGyJ-2021, se gestiona el otorgamiento de un aporte no reintegrable, destinado a la Municipalidad de Paso de Indios, para la atención de desequilibrios financieros de ese municipio;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N" 1232/00 y 18/03;
Que la asistencia a los Municipios es una prioridad del Gobierno Provincial; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00.-), a favor de la Municipalidad de Paso de Indios, representada por su Intendente, señor Mario PICHINAN (D.N.I. 23.257.946), para la atención de desequilibrios financieros de ese Municipio.-
Artículo 2°.- El aporte no reintegrable otorgado en el artículo 1° deberá ser invertido por el responsable dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado el desembolso y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 96, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 1.11, Partida 5.76: Aportes a Gobiernos Municipales, Ejercicio 2021-
Artículo 4°.- Autorizase a la Dirección de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir los fondos del aporte no reintegrable conforme lo establecido en el presente Decreto.-
Articulo 5°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.-Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 975/21
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003
(Se relaciona) Ley II 263
(Se relaciona) Ley II 271

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)