Buscar instrumentos legales

 

Tipo Número (ej.: 1-100) Título
   

Buscador avanzado >>

 

Decreto 357 / 2022 Mariano Arcioni (II) 

Imprimir detalle
Título: Autorícese al Servicio Administrativo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas a hacer efectivo el pago al Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística
 
Fecha Registro: 26/04/2022
 
Detalle:

RAWSON, 26 ABR 2022

VISTO:

El Expediente N° 000007/2022-MTyAP; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el pago del aporte anual del Ejercicio 2022 a favor del “ENTE REGIONAL OFICIAL DE TURISMO PATAGONIA TURÍSTICA”, del cual forma parte la Provincia del Chubut;
Que a fojas 01 luce nota de la señora Miriam Capasso, Directora Ejecutiva del Ente, solicitando al señor Ministro de Turismo y Áreas Protegidas de la Provincia del Chubut, Técnico Leonardo R. Gaffet, el pago del aporte anual correspondiente al período 2022 por la suma total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000,00);
Que dicha suma se encuentra estipulada mediante Acta de Reunión N° CCXVI (216) de la Comisión Directiva del Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística dé fecha 13 de diciembre del año 2021 obrante de fojas 03/06, mediante la cual se establece que el aporte anual para el ejercicio 2022 a abonar por la Provincia del Chubut será por la suma total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000,00);
Que según lo establecido por el Artículo 27° del Estatuto del Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística, las contribuciones anuales establecidas, deberán ser integradas mensualmente en cuotas y/o por el sistema que cada jurisdicción determine;
Que de acuerdo a lo establecido en el Estatuto del Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística, las provincias que forman parte del mismo, deberán cumplimentar con el pago de los aportes anuales que se establezcan oportunamente, ya que de no hacerlo quedarán suspendidas en su derecho a voto y/o asunción de la Presidencia;
Que de fojas 11/16 se adjunta copia del Estatuto del Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística;
Que a fojas 17/18 corre agregada Acta de Transferencia de la Presidencia del Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística por parte de la Provincia del Chubut a la Provincia de Santa Cruz;
Que el objetivo fundamental del Ente es promover y coordinar la actividad turística oficial y privada de la Región Patagónica, atendiendo a las pautas y lineamientos determinados para el plan de acciones de promoción turística, por lo que resulta primordial cumplimentar con los aportes oportunamente pactados;
Que a fojas 28 obra Nota N° 92/2022 del Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut por la cual se informa que ni el Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística ni su Presidente, señor Pablo César GODOY poseen subsidios pendientes de rendición de cuentas;
Que el aporte comprometido se otorga en el marco de lo estipulado por el Decreto N° 1304/78 modificado por los Decretos N° 1232/00 y N° 2424/04;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: Autorícese al Servicio Administrativo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas a hacer efectivo el pago de la suma total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000,00), pagaderos en dos (2) cuotas iguales de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.00,00), correspondientes al aporte anual al Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística (CUIT N° 30-70893510-3), en la persona de su Presidente, señor Pablo César, GODOY (D.N.I. N° 23.956.728) por el período 2022, destinado a solventar los gastos que generen la ejecución de las acciones de promoción turística para la Región Patagónica.-
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción SAF 80 Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa 01 - Actividad 01 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 7 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2022.-
Artículo 3o: El Ente Regional Oficial de Turismo Patagonia Turística deberá invertir los fondos dentro de los treinta (30) días de recepcionados y rendir los mismos dentro de los sesenta (60) días de su inversión ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut.
Artículo 4o: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros /Secretarios de Estado en los Departamentos de Turismo y Áreas Protegidas, Economía y Crédito Público y Gobierno y Justicia.-
Artículo 5o: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

DECRETO N° 357/2022
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 2424/2004

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)