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Título: Aprobar lo actuado por la agente GALLARDO, Miriam Elízabeth |
Fecha Registro: 13/06/2023 |
Detalle: RAWSON, 13 JUN 2023 VISTO: El Expediente N° 2750 - ME - 22; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la cobertura a cargo de la Dirección de Bienes Reales y Servicios dependiente de la Dirección General de Bienes Reales, Servicios y Planificación de Infraestructura de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación, a partir del 01 de agosto de 2022; Que es competencia de cada Ministro proponer al Poder Ejecutivo la designación del Personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece el artículo 2o, inciso 13 de la Ley I - N° 667; Que el Señor Ministro de Educación propone para cubrir el cargo vacante de Director de Bienes Reales y Servicios, a la agente GALLARDO, Miriam Elízabeth quien revista en el cargo Personal Administrativo Categoría III del Convenio Colectivo de Trabajo N° 11/13 de la Delegación Administrativa Región IV - Trelew, reuniendo las condiciones y requisitos necesarios exigidos para dicho cargo; Que corresponde abonar a la agente mencionada en el considerando precedente, la diferencia salarial existente entre su cargo de revista y el cargo a designar, en virtud a lo establecido en el artículo 105° de la Ley I - N° 74, reglamentada por Decreto N° 116/82; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 282; Que la Asesoría Legal del Ministerio de Educación interviene según su competencia; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Aprobar lo actuado por la agente GALLARDO, Miriam Elízabeth (D.N.I. N° 23.998.600 - Clase 1974), quien revista en el cargo Personal Administrativo Categoría III del Convenio Colectivo de Trabajo N° 11/13 de la Delegación Administrativa Región IV - Trelew, en relación a los servicios prestados a cargo de la Dirección de Bienes Reales y Servicios dependiente de la Dirección General de Bienes Reales, Servicios y Planificación de Infraestructura de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación, en orden al período comprendido entre el 01 de agosto de 2022 y la fecha del presente decreto, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos y actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación. Artículo 2°: Designar, a partir de la fecha del presente decreto, a la agente GALLARDO, Miriam Elizabeth (DNI N° 23.998.600 - Clase 1974), a cargo de la Dirección de Bienes Reales y Servicios dependiente de la Dirección General de Bienes Reales, Servicios y Planificación de Infraestructura de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación, quien revista en el cargo Personal Administrativo Categoría III del Convenio Colectivo de Trabajo N° 11/13 de la Delegación Administrativa Región IV - Trelew. Artículo 3°: Abonar a la agente mencionada en el artículo precedente, la diferencia salarial existente entre su cargo de revista y el cargo a designar, en virtud a lo establecido en el artículo 105° de la Ley I - N° 74, reglamentada por Decreto N° 116/82. Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, será imputado a la Jurisdicción 50 - Ministerio de Educación - Programa 92: Reclamos Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Fuente de Financiamiento 426 - Ejercicio 2023 y por el período comprendido entre el 01 de enero de 2023 y la fecha del presente decreto, se imputará a la Jurisdicción 50 - Ministerio de Educación - Programa 1: Conducción del Sistema Educativo - Ubicación Geográfica 11999 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2023. Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación y de Gobierno y Justicia. Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, notifíquese dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 622/2023 |
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