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Decreto 739 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: OTORGAR un aporte económico a favor del Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico “CIEFAP"
 
Fecha Registro: 03/07/2023
 
Detalle:

RAWSON, 0 3 JUL 2023

VISTO:

El Expediente N° 323 - SCTIPyC - 23; y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto, se tramita otorgar un aporte económico por la suma de PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100 CENTAVOS ($10.000.000,00) a favor del Centro de Investigaciones y Extensión Forestal Andino Patagónico “CIEFAP”, destinado a la ejecución de la obra civil, para el acceso y provisión de servicios de agua potable, cloacas y gas del Parque Científico, Tecnológico, Agroforestal del Centro de Investigaciones y Extensión Forestal Andino Patagónico (PCTAF-CIEFAP), de la ciudad de Esquel, Provincia del Chubut;
Que el Centro de Investigaciones y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFAP) fue creado por Convenio suscripto por el Instituto Forestal Nacional, la Provincia de Río Negro, la Provincia de Neuquén, la Provincia del Chubut, la Provincia de Santa Cruz, la Provincia de Tierra del Fuego, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, la Universidad Nacional del Comahue y la Administración de Parques Nacionales, en fecha 25 de noviembre de 1988;
Que por Ley N° 26.966 se aprobó el Tratado Interjurisdiccional de creación del Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico “CIEFAP”;
Que el Centro mencionado es un establecimiento interjurisdiccional de enseñanza, con competencia en actividades de investigación, académicas y de desarrollo tecnológico que contribuyen al desarrollo sustentadle en la Provincia del Chubut;
Que mediante las actividades que desarrolla habitualmente, favorece al desarrollo sostenible de la zona patagónica poniendo en valor el potencial de su capital humano y sus recursos naturales renovables en general, y en particular, los vinculados a los ecosistemas boscosos y tierras de aptitud forestal;
Que la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura tiene interés en asistir al crecimiento y/o mejoramiento de las instalaciones del Centro referenciado, considerando que el mismo contribuye en la búsqueda y consolidación del saber y su aplicación para el enriquecimiento del patrimonio científico, educativo, socio- cultural y económico de la Provincia del Chubut;
Que, de acuerdo informa el Director Ejecutivo del Centro de Investigaciones y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFAP) Doctor José Daniel bencinas, la obra del Parque Científico, Tecnológico, Agroforestal (PCTAF-CIEFAP), se encuentra en su etapa de culminación y puesta en funcionamiento, por lo cual se solicita los fondos necesarios para la ejecución de la obra civil, ubicada en la parcela 48 de la ciudad de Esquel, a los fines de destinarlo al acceso y provisión de servicios de agua potable, cloacas y gas;
Que, por ello, el aporte económico será utilizado en la ejecución de la obra civil del Parque Científico, Tecnológico, Agroforestal del Centro de Investigaciones y Extensión Forestal Andino Patagónico (PCTAF-CIEFAP), para el acceso y provisión de los servicios de agua potable, cloacas y gas de la parcela 48 de la ciudad de Esquel, en la cual se implanta la Obra;
Que obra en los actuados la respectiva designación de las personas responsables de administrar los fondos de subsidios otorgados por el Estado Provincial;
Que, el Director Ejecutivo del Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico “CIEFAP”, Doctor José Daniel bencinas y la agente Mariana Miserendino, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados;
Que el Tribunal de Cuentas informó que la entidad y los responsables de administrar los fondos no poseen subsidios pendientes de rendición;
Que se hallan cumplidos los requisitos establecidos en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, razón por la cual no existen impedimentos para otorgar el mencionado aporte económico;
Que en el expediente citado surge la imputación preventiva del aporte económico realizada por la Dirección General de Administración, dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se cuenta con crédito presupuestario para otorgar el aporte económico mencionado;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°,-OTORGAR un aporte económico por la suma de PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100 CENTAVOS ($ 10.000.000,00.-) a favor del Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico “CIEFAP" CUIT N°33-67034761-9, en la persona del Director Ejecutivo Doctor José Daniel bencinas DNI Np 20.145.418 y de la agente Mariana Miserendino DNI N° 22.307.333, destinado a la ejecución de la obra civil del Parque Científico, Tecnológico, Agroforestal del Centro de Investigaciones y Extensión Forestal Andino Patagónico (PCTAF-CIEFAP), ubicado en la parcela 48 de la ciudad de Esquel, para el acceso y provisión de los servicios de agua potable, cloacas y gas.-
Artículo 2°.- El aporte económico otorgado deberá ser invertido dentro del ejercicio fiscal 2023 desde su recepción y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia según lo estipulado en el inc. 5° Artículo 1° del Decreto N° 1304/78.-
Artículo 3°.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura a realizar el pago de la suma de PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100 CENTAVOS ($10.000.000,00) al Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico "CIEFAP” CUIT N°33- 67034761-9.-
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción 66 — Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Programa 16 - Programa de Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Actividad 1 - Programa de Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 1.11 - Ejercicio 2023.-
Artículo 5°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 739/2023
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003
(Se relaciona) Decreto 2424/2004

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)