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Título: Otorgase un aporte no reintegrable a cada uno de los municipios y comunas rurales mencionados en los Anexos I y II |
Fecha Registro: 07/08/2023 |
Detalle: RAWSON, 07 AGO 2023 VISTO: El Expediente N°2996-MGyJ-2023J y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita el otorgamiento de un aporte económico a diferentes comunas rurales y municipios de la Provincia del Chubut, de acuerdo a lo indicado en la Providencia N° 253/23; Que el monto total de los aportes a distribuir asciende a PESOS NOVENTA Y SIETE MILLONES ($ 97.000.000) según lo detallado en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente decreto; Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y sus modificatorios; Que existe crédito presupuestario en la fuente a la cual se manda a imputar el presente trámite; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Otorgase un aporte no reintegrable a cada uno de los municipios y comunas rurales mencionados en los Anexos I y II que forman parte integrante del presente decreto, por los montos allí consignados, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden. Artículo 2°: Los aportes otorgados mediante el Artículo 1o deberán ser invertidos por el responsable dentro de los ciento veinte(120) días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.- Artículo 3°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque giro o depositados y en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia.- Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica 11999: Ámbito Provincial / Programa 19: Subsecretaría de Asuntos Municipales / Actividad 01: Conducción de la Subsecretaría de Asuntos Municipales / Inciso: 05 / Partida Principal: 07 / Partida Parcial 06: Aportes a Gobiernos Municipales por un importe total de PESOS NOVENTA Y SIETE MILLONES ($ 97.000.000) /Fuente de Financiamiento 4.99: Aportes del Tesoro Nacional / Ejercicio 2023. Artículo 5°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. - Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, archívese.- DECRETO N° 923 ANEXO I MUNICIPIO Cholila $ 5.000.000 El Maitén $ 7.000.000 Epuyén $ 5.000.000 Gualjaína $ 5.000.000 Camarones $ 5.000.000 Corcovado $ 7.000.000 Paso de Indios $ 3.000.000 Rio Mayo $ 5.000.000 José de San Martín $ 6.000.000 Rio Pico $ 8.000.000 Comodoro Rivadavia $ 20.000.000 Total $ 76.000.000 ANEXO II COMUNA RURAL Aldea Apeleg $ 1.000.000 Aldea Beleiro $ 1.000.000 Aldea Epulef $ 1.000.000 Buen Pasto $ 1.000.000 Carrenleufu $ 1.000.000 Cerro Centinela $ 1.000.000 Colan Conhue $ 1.000.000 Cushamen $ 1.000.000 Dr. Atilio Viglione $ 1.000.000 Dr. Ricardo Rojas Facundo $ 1.000.000 Lago Blanco $ 1.000.000 Lagunita Salada $ 1.000.000 Las Plumas $ 1.000.000 Paso del Sapo $ 1.000.000 Los Altares $ 1.000.000 Gan Gan $ 5.000.000 Total $ 21.000.000 |
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