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Título: Mensualizar ala señora Ana María ITURRA |
Fecha Registro: 23/08/2023 |
Detalle: RAWSON, 2 3 AGO 2023 VISTO: El Expediente N° 2037 -MGyJ-2023; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la mensualización de la señora Ana María ITURRA, en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023; Que excepcionalmente se admite el ingreso superando el límite de edad de la señora Ana María ITURRA, encuadrándose en el Artículo 2, Inciso d), segundo párrafo, Ley I N° 74; Que el presente trámite cuenta con las autorizaciones correspondientes; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil- Comarca del VIRCH- Valdés; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°,- Mensualizar ala señora Ana María ITURRA (DNI N° 17.129.054 - Clase 1964), en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 2°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil - Comarca del VIRCH- Valdés. Ejercicio 2023. Artículo 3°.- EI presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, modificase, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 983/2023 |
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