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Título: Recategorizar a la agente Mónica Luciana CEJAS en el cargo Buzo Profesional Agrupamiento Personal Buzos y Patrones - Planta Permanente, dependiente de la Subsecretaría de Pesca |
Fecha Registro: 24/10/2023 |
Detalle: RAWSON; 24 OCT 2023 VISTO: El Expediente N° 547/23-SP; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto se gestiona la recategorización de la agente Ménica Luciana CEJAS, quien revista en el cargo Buzo Profesional Ingresante - Clase V - Agrupamiento Personal Buzos y Patrones - Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo N° 19/19 de la Secretaría de Pesca, en el cargo Buzo Profesional - Clase XII- Agrupamiento Personal Buzos y Patrones - Planta Permanente, dependiente de la Subsecretaría de Pesca de la Secretaría de Pesca, a partir de la fecha del presente decreto; Que el presente tramite cuenta con las correspondientes autorizaciones; Que la recategorización propuesta se encuentra legalmente sustentada en lo dispuesto por el Articulo 100 de la ley I N° 74; Que el cargo propuesto se encuentra vacante; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282; Que la Dirección General de Asuntos Legales, ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Articulo 1°.-Recategorizar a la agente Mónica Luciana CEJAS (DNI N° 33.771.083 - Clase 1988), quien revista en el cargo Buzo Profesional - Ingresante - Clase V Agrupamiento Personal Buzos y Patrones - Planta Permanente del Convenio Colectivo de Trabajo N° 19/19 de la Secretaría de Pesca, en el cargo Buzo Profesional - Clase XII - Agrupamiento Personal Buzos y Patrones - Planta Permanente, dependiente de la Subsecretaría de Pesca de la Secretaría de Pesca, a partir de la fecha del presente decreto.- Articulo 2°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la' Jurisdicción: 61-Secretaría de Pesca - SAF 61: Secretaría de Pesca- Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero- Ejercicio 2023.- Artículo 3°.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.- Articulo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.- DECRETO N° 1310 |
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