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Título: Adjudíquese a favor de la firma EXTERRAN ARGENTINA S.R.L. en cumplimiento del Acuerdo Transaccional que consiste en tareas de mecanizado en barras de sondeo y portamechas, montaje de motores, motocomp |
Fecha Registro: 09/11/2023 |
Detalle: RAWSON 09 NOV 2023 VISTO: El Expediente N° 1565/2020-MAGIyC; los Decretos N° 79/18, N° 228/18 y 741/2020; Resolución N° 657/23 MAGIyC; y CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente citado en el Visto, se tramita la adjudicación a la firma EXTERRAN ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-65909508-0, de los predios identificados como: Parcela 17, Macizo 11 y Parcela 2, Macizo 10, Circunscripción 1, Sector 28, Ejido 6 en el Parque Industrial de Comodoro Rivadavia, con una superficie de CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (4737,71 m2) y de NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (9372,57m2), en cumplimiento del Acuerdo Transaccional celebrado el día 30 de mayo de 2020, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y EXTERRAN ARGENTINA S.R.L, y ratificado por Decreto N° 741/2020.; Que obra agregado Decreto N° 79/18 mediante el cual se revocó el dominio a la firma EXTERRAN ARGENTINA S.R.L., sobre la Parcela 4, Macizo 11 y Parcela 2, Macizo 10 de la Circunscripción 1, Sector 28, de una superficie de DIECIOCHO MIL NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (18.095,27 m2) y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (9.372,57 m2) respectivamente del Parque Industrial de Comodoro Rivadavia y el Decreto N° 228/18 mediante el cual se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por la citada firma; Que consta Decreto N° 741/2020 mediante el cual se ratificó el Acuerdo Transaccional celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y EXTERRAN ARGENTINA S.R.L., mediante el cual se estipulo, por un lado, que el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, tramitaría la adjudicación de la Parcela 2, Macizo 10 y parte del predio identificado como Parcela 4, Macizo 11, ambas de la Circunscripción 1, Sector 28, Ejido 6 de Comodoro Rivadavia (Clausula Tercera), y por otro, que el Poder Ejecutivo conservaría parte del domino del predio identificado como Macizo 11, del que surgen según plano de Fraccionamiento las Parcelas 17 y 18 del Macizo 11, Circunscripción 1, Sector 28, Ejido 6; Que consta Resolución N° 657/23 MAGIyC mediante la cual se exceptuó a la firma EXTERRAN S.R.L., C.U.I.T. N° 30-65909508-0 del cumplimiento de lo establecido en el artículo 5°, inciso “b” del Decreto N° 1239/06 respecto del mínimo de superficie cubierta; Que consta a fojas 577, mensura de fraccionamiento de la Parcela 4, Macizo 11, Sector 28, Circunscripción'1, Ejido 6, cursada por Expediente P-576-20, Plano N° 35173 de la que surge que la parte de la Parcela 4 que se tramita adjudicar a favor de EXTERRAN ARGENTINA S.R.L. actualmente se identifica como: Parcela 17, Macizo 11, Circunscripción 1, Sector 28, Ejido 6 con una superficie de CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (4737,71 m2); Que a fojas 683 obra Plano N° 14023 de mensura particular con fraccionamiento, protocolizado al T° 143 F° 99 del que surge el Lote 2 del Macizo 3, actualmente denominada Parcela 2 dél Macizo 10, Sector 28, Circunscripción 1, Ejido 6; Que a fojas 698 EXTERRAN ARGENTINA S.R.L. expresa que continuará con el proyecto industrial oportunamente aprobado a la firma TIPSA S.A., que consiste en tareas de mecanizado en barras de sondeo y portamechas, montaje de motores, motocompresores, motobombas y motogeneradores; Que a fojas 700 consta Nota N° 368/23 de la Dirección Control Operativo Ambiental dependiente de la Dirección General Comarca Senguer San Jorge del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentadle, mediante la cual comunica que no se encontrarían observaciones al proyecto industrial ejecutado en primera instancia por TIPSA S.A. y que continuará EXTERRAN ARGENTINA S.R.L.; Que a fojas 754/755 mediante Nota N° 504/23-SSI-MAGIyC, la Subsecretaría de Industria da conformidad al no cumplimiento de 30% de la superficie cubierta, aceptando una construcción de aproximadamente el 20% de la superficie total del terreno tal cual lo establece en razón de la necesidad de la empresa de contar con una mayor superficie “no cubierta” para el normal funcionamiento de la actividad que desarrolla; Que conforme lo expuesto, resulta necesario dar cumplimiento al Acuerdo Transaccional oportunamente suscripto; Que, no obstante, la presente adjudicación quedará supeditada y condicionada al perfeccionamiento de la escritura de revocación y fraccionamiento que deberá suscribir EXTERRAN ARGENTINA S.R.L. por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia y a la constitución de domicilio legal y administrativo en la Provincia conforme lo exige el artículo 6o inciso B) del Decreto N° 1239/06; Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio ha intervenido en las presentes actuaciones; Que ha tomado intervención la Fiscalía de Estado; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Adjudíquese a favor de la firma EXTERRAN ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30- 65909508-0, con domicilio legal en Av. A. Moreau de Justo N° 170, Piso:1, de la Ciudad Autónoma Buenos Aires, en cumplimiento del Acuerdo Transaccional celebrado el día 30 de mayo de 2020, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y EXTERRAN ARGENTINA S.R.L. y ratificado por Decreto N° 741/2020, los predios identificados como Parcela 17, Macizo 11 y Parcela 2, Macizo 10, Circunscripción 1, Sector 28, Ejido 6 en el Parque Industrial de Comodoro Rivadavia, con una superficie de CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (4737,71 m2) y de NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (9372,57m2), respectivamente, para continuar con el proyecto oportunamente aprobado a la firma TIPSA S.A., que consiste en tareas de mecanizado en barras de sondeo y portamechas, montaje de motores, motocompresores, motobombas y motogeneradores. Artículo 2°: La adjudicación dispuesta por el artículo precedente quedará sujeta y condicionada al perfeccionamiento de la escritura de revocación y fraccionamiento que deberá suscribir la firma EXTERRAN ARGENTINA S.R.L. por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia, y a la constitución de domicilio legal y administrativo en la Provincia conforme lo exige el artículo 6o inciso B) del Decreto N° 1239/06. Artículo 3°: Notifíquese a la firma EXTERRAN ARGENTINA S.R.L., que cualquier modificación en el proyecto deberá contar con autorización previa y expresa del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio. Artículo 4°: La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, debiendo contener las restricciones y límites al dominio contemplados por las Leyes IX N° 4 y IX N° 6, y el Decreto N° 1239/06. Artículo 5°: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería Industria y Comercio, y de Gobierno y Justicia. Artículo 6°: REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N° 1395 |
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