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Decreto 1455 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: OTORGAR un subsidio a favor de la asociación civil “La Otra Mirada Asociación Civil Sin Fines de Lucro” de la ciudad de Puerto Madryn
 
Fecha Registro: 22/11/2023
 
Detalle:

RAWSON, 22 NOV 2023

VISTO:

El Expediente N° 523 - SCTIPyC - 2023; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente consignado en el Visto se tramita el otorgamiento de un aporte económico a favor de la asociación civil “La Otra Mirada Asociación Civil Sin Fines de Lucro” de la ciudad de Puerto Madryn, destinado a contribuir en el “Programa de Becas 2023” de la Escuela de Cine de Puerto Madryn ECPM N° 1825;
Que a foja 3 obra la solicitud, de un aporte económico, desde la Escuela de Cine de Puerto Madryn ECPM N° 1825 en la que se indica la importancia de contribuir al “Programa de Becas 2023”, de dicha institución, porque promueve la igualdad de oportunidades para aquellos estudiantes que tienen el objetivo de poder alcanzar su formación de cine en la región;
Que, asimismo, se adjunta Nota emitida desde la asociación civil “la Otra Mirada Asociación Civil Sin Fines de Lucro” en la que, solicitan el acompañamiento al “Programa de Becas 2023” de la Escuela de Cine de Puerto Madryn ECPM N° 1825, explicando el vínculo existente con dicha institución, a raíz de que la asociación civil, bajo la premisa de federalizar la educación en cine en nuestra región y con el objetivo de impulsar el surgimiento de un polo creativo cinematográfico, creó en el año 2020 la primera escuela de cine en la Provincia de Chubut;
Que, de acuerdo a lo solicitado, se indica la importancia de gestionar un aporte económico por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($3.640.000,00.-) a favor de la asociación civil “La Otra Mirada Asociación Civil Sin Fines de Lucro” de la ciudad de Puerto Madryn, encontrándose dicha solicitud autorizada por el Señor Secretario de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que obra en los actuados la respectiva designación de las personas responsables de administrar los fondos del subsidio otorgado por el Estado Provincial;
Que el Tribunal de Cuentas de la Provincia informó que la asociación civil “La Otra Mirada Asociación Civil Sin Fines de Lucro” de la ciudad de Puerto Madryn no posee subsidios pendientes de rendición;
Que en el Expediente citado surge la imputación preventiva del aporte económico que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($3.640.000,00.-) realizada por la Dirección General de Administración, dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura fomenta este tipo de actividades a desarrollarse en nuestra Provincia que impulsa el surgimiento de un polo creativo cinematográfico en la región;
Que el Gobierno Provincial, apoyando esta iniciativa, apuesta al profesionalismo del sector cinematográfico local;
Que el subsidio mencionado deberá ser rendido ante el Tribunal de Cuentas, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y
2424/04;
Que en el presente trámite ha intervenido la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que ha tomado legal intervención Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- OTORGAR un subsidio a favor de la asociación civil “La Otra Mirada Asociación Civil Sin Fines de Lucro” de la ciudad de Puerto Madryn, C.U.I.T N° 30-71487516-3, por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($3.640.000,00.-), en la persona de su Presidente MARTINEZ, Damián D.N.I. N° 28.324.920, y de su Tesorera CAPEIKA CALVO, Saula Elena, DNI N° 20.213.578, como responsables de administrar los fondos destinados a contribuir en el “Programa de Becas 2023” de la Escuela de Cine de Puerto Madryn ECPMN0 1825.-
Artículo 2°.- El aporte económico otorgado deberá ser invertido dentro del plazo de ciento cincuenta días (150) desde su recepción y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut según lo estipulado en el Inc. 5° artículo 1° del Decreto N° 1304/78.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto asciende a la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($3.640.000,00.-) y se imputará en la Jurisdicción 66 - SAF 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Inciso 5 - Principal 1 - Parcial 7 - Ejercicio 2023 - Fuente de Financiamiento 1.11.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°,- Regístrese, comuníquese dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-


DECRETO N° 1455/2023

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003
(Se relaciona) Decreto 2424/2004

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)