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Decreto 1464 / 2023 Mariano Arcioni (II) 

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Título: RATIFICAR en todos sus términos el "CONVENIO DE CO - ADMINISTRACION DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA PUNTA TOMBO"
 
Fecha Registro: 24/11/2023
 
Detalle:

RAWSON, 24 NOV2023
VISTO:
El Expediente N° 001777/2022-MTyAP; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la ratificación del “CONVENIO MARCO DE COADMINISTRACION DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA PUNTA TOMBO Y CENTRO TOMBO", celebrado entre el Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas y el Ente Turismo Trelew, ENTRETUR, en fecha 15 del mes de septiembre de 2023;
Que la ley XI N° 18, crea el Sistema Provincial de Áreas Protegidas, siendo el Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas su autoridad de aplicación;
Que dicha ley en su artículo 39° faculta a la Autoridad de Aplicación a asociarse con entidades públicas y/o privadas a los fines de la mejor administración de las Áreas Naturales Protegidas Provinciales, pudiendo integrar entes públicos no estatales, delegando el ejercicio de funciones administrativas que se estime conveniente;
Que la conservación y la gestión sostenible de áreas con miras a asegurar la diversidad biológica, los servicios de protección de los ecosistemas y los valores culturales dependen de la acción de la sociedad en su conjunto;
Que existen en el mundo una diversidad de tipos de gobernanza de áreas protegidas que permiten alcanzar objetivos de conservación y de otra índole;
Que por Decreto N° 2870/72 se creó el Área Natural Protegida Punta Tombo como estación biológica destinada a la investigación;
Que posteriormente se la designó, por Ley XXIII - N° 12, como Reserva Natural Turística de objetivo específico y mediante Decreto N’ 1178/07, ratificado por Ley N° 5676 fue recategorizada como Parque Provincial y aprobado su plan de manejo;
Que en el año 2011, se pone en funcionamiento el Centro Tombo cuya construcción se efectúa a los efectos de jerarquizar la oferta turística del Área Natural Protegida Punta Tombo y fortalecer los aspectos educativos e interpretativos sobre una de las principales especies que la habitan, el "Pingüino de Magallanes", para aportar información y mejorar la experiencia a los visitantes, incrementar el tiempo de permanencia de los turistas y generar interés de visita de acuerdo a los lineamientos del Plan de Manejo;
Que por Resolución N° 43/12 se aprobó el Plan de Manejo de Visitantes para el Área Natural Protegida Punta Tombo;
Que en función de la Ley de Ministerios I-667 (Artículo 17°), es el Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas competente en la administración del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas;
Que la Ley XXIII N° 49 establece en su Artículo 8°, entre otros, son deberes de la Autoridad de Aplicación, sin perjuicio de las establecidas por otras normas: Promover la participación de los sectores público, y privado en el desarrollo del turismo; Asegurar la protección y conservación del patrimonio cultural y natural de la Provincia; Formular el marco normativo pertinente y su cumplimiento efectivo, a través de actividades de inspección y auditorias en instalaciones y servicios vinculados a la actividad turística;
Que por Ley XXIII N°41 se aprobó el Convenio de Coadministración del Área Natural Protegida Punta Tombo y Centro Tombo, suscripto el 31 de Agosto del 2016 entre el entonces Ministerio de Turismo de la Provincia del Chubut, y el Ente Trelew Turístico (ENTRETUR), siendo su objeto mejorar la gestión integral del Área Natural Protegida Punta Tombo, teniendo en cuenta el enfoque eco-sistémico, incorporando la intervención de la comunidad de Trelew y el sector privado en el Área Natural Protegida;
Que desde hace 14 años el ENTRETUR contribuye con la administración y gestión del Área Natural Protegida Punta Tombo y el Centro Tombo, resultando la entidad mejor dotada para contribuir, operativamente, con su desarrollo, por su estructura, sus especiales funciones y atribuciones y su condición mixta que reúne tanto al sector público como privado;
Que en virtud de esas mejoras operativas y estructurales implementadas en el área, y considerando el incremento de la afluencia de visitantes registrados en los últimos años, cuyo arribo masivo se produce entre los meses de septiembre a abril de cada año, se hace necesario optimizar la gestión Administrativa del área, involucrado al sector privado en la búsqueda de optimizar la operatividad del área y la mejora en la calidad de los servicios brindados;
Que la administración es un proceso particular consistente en las actividades de planeamiento, organización, ejecución, y control, desempeñadas para determinar y alcanzar los objetivos señalados con el uso de diferentes recursos;
Que las personas o entes públicos son aquellos que, a diferencia del privado, son regidos total o parcialmente por el derecho público y pueden o no ser estatales;
Que en esta inteligencia y después de siete (7) años desde la suscripción del primer convenio de coadministración, es necesario la revisión de los términos allí acordados, dada la actualización del sistema de cobro, del funcionamiento operativo del Área y Centro Tombo, y la necesidad de ofrecer nuevos servicios, dotando al ENTRETUR de mayores herramientas;
Que dicho Convenio fue suscripto por el señor Subsecretario de Conservación y Áreas Protegidas a/c del Ministerio de Turismo Doctor Marcelo BERTELLOTTI y por el Presidente del Ente Trelew Turismo, Sr, Miguel RAMOS, siendo el mismo registrado al Tomo 4, Folio 279 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 05 del mes de septiembre del año 2016, constando de tres (3) fojas;
Que de fojas 132/138 obra en el expediente copia fiel del Convenio de Coadministración suscripto en fecha 15 del mes de septiembre del año 2023, por las partes intervinientes y debidamente registrado al Tomo 4, Folio 064 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno;
Que de fojas 08 a fojas 24 corre agregada la documentación del ENTRETUR, y de fojas 119 a fojas 121 luce agregada la documentación que acredita al Señor Miguel Ramos como presidente del ENTRETUR;
Que conforme lo establece el Artículo 135°, Inciso 1) de la Constitución Provincial, corresponde dar cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut a los efectos de que tome la intervención que le compete;
Que la Dirección General de Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.-RATIFICAR en todos sus términos el "CONVENIO DE CO - ADMINISTRACION DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA PUNTA TOMBO", celebrado entre el Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, representado por el Ministro de Turismo y Áreas Protegidas, Técnico Leonardo Remigio GAFFET (DNI N° 17.473.721) y Ente Trelew Turismo, (ENTRETUR), representado por su Presidente, el señor Miguel Ramos (DNI ND 12.538.123), suscripto en fecha 15 del mes de septiembre de 2023 y registrado al Tomo 4, Folio 064 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 21 del mes de septiembre del año 2023.-
Artículo 2°.- Remítase a la Legislatura de la Provincia del Chubut el convenio que se ratifica, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 135°, inciso 1) de la Constitución Provincial.-
Artículo 3° - El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Turismo y Áreas Protegidas y de Gobierno y Justicia. -
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.

DECRETO N° 1464

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1178/2007
(Se relaciona) Ley XXIII 49
(Se relaciona) Ley I 667

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)