Imprimir detalle |
Título: DESIGNAR EN EL CARGO DE SUBSECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y FAMILIA A LA AGENTE IOANA VALERIA ELIZABETH BARCENA |
Fecha Registro: 26/12/2023 |
Detalle: RAWSON, 26 DIC 2023 VISTO: El artículo 155° inciso 3) de la Constitución de la Provincia del Chubut; y CONSIDERANDO: Que el artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución o en la Ley; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y la remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 764; Que en virtud de lo expuesto, la Ministra de Desarrollo Humano, gestiona designar en el cargo Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia, a la agente Ioana Valeria Elizabeth BARCENA, quien revista el cargo Abogado “C” - Código 4-003 - Clase III Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales del actual Ministerio de Gobierno, a partir de la fecha del presente decreto; Que resulta oportuno dejar sin efecto, a partir de la fecha del presente decreto, el artículo 3° del Decreto N° 958/2023, mediante el cual se designó al señor Elías SILVA, en el cargo Subsecretario de Desarrollo Humano y Familia del entonces Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, actual Ministerio de Desarrollo Humano, a partir del 10 de agosto de 2023; Que la agente loana Valeria Elizabeth BARCENA, reservará su cargo de revista Abogado “C” - Código 4-003 - Clase III - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales del actual Ministerio de Gobierno, conforme lo dispuesto-en el artículo 14°, en concordancia con el artículo 20° de la citada norma legal: Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente decreto, el artículo 3° del Decreto N° 958/2023, mediante el cual se designó al señor Elias SILVA (D.N.I. N° 22.453.960 - Clase 1972) en el cargo Subsecretario de Desarrollo Humano y Familia del entonces Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, actual Ministerio de Desarrollo Humano, a partir del 10 de agosto de 2023, por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden. - Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia, a la agente loana Valeria Elizabeth BARCENA (D.N.I. N° 29.066.595 - Clase 1981) quien revista el cargo Abogado “C” - Código 4-003 Clase III - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales del actual Ministerio de Gobierno.- Artículo 3°.- Reservar el cargo de revista Abogado “C” - Código 4-003 - Clase III Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales del actual Ministerio de Gobierno, a la agente loana Valeria Elizabeth BARCENA (D.N.I. N° 29.066.595 - Clase 1981) a partir de la fecha del presente decreto, conforme lo dispuesto en el artículo 14°, en concordancia con el artículo 20° de la citada norma legal y lo expuesto en los considerandos que anteceden.- Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado en el Departamento de Desarrollo Humano y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno.- Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1672 |
|