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Decreto 330 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Otorgase un subsidio a la Municipalidad de Trelew
 
Fecha Registro: 22/04/2024
 
Detalle:

RAWSON, 22 MAR 2024

VISTO:

El Expediente N° 0028/24-SIyP/ipv; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramitan las actuaciones relativas al otorgamiento de un aporte económico no reintegrable a la Municipalidad de Trelew;
Que por nota N° 18/2024-SDHyC de fecha 17 de enero de 2024, el referido municipio solicita un aporte económico destinado a la compra de materiales para para la ejecución de obras de reconstrucción de 1 Vivienda ubicada en la Parcela 10- Sector 2 - Circunscripción 1-Ejido 37-Depto 1- Plano N°18497 - calle Monserrat N° 516 de la ciudad de Trelew;
Que las obras se enmarcan en el trabajo articulado entre el Ministerio de Desarrollo Humano, Coordinación de Vivienda Municipal dependiente de la Municipalidad de Trelew y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano con el objetivo de la compra de materiales para reconstruir la Vivienda del Sr. Ochoa, Ángel D.N.I N°27.774.333 y su grupo familiar en virtud de la pérdida total que sufrió de su vivienda alcanzada por el incendio acaecido el día 18 de Diciembre de 2023;
Que por nota del 09 de enero de 2024 se adjunta el cómputo de materiales y presupuesto para el prototipo de vivienda a emplazar de 2 dormitorios en Planta Baja para Zona Valle;
Que la Municipalidad de Trelew se encuentra en condiciones de ser beneficiaría de un subsidio del gobierno provincial, conforme la normativa impuesta por el Decreto 1304/78, Art. 1, 1 a).
Que corresponde en el marco de la normativa citada anteriormente instruir al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y al Ministerio de Desarrollo Humano, para que proceda a subsidiar la compra de materiales para la reconstrucción de la vivienda siniestrada;
Que como resultado de la evaluación del requerimiento presentado, se considera factible el otorgamiento de un aporte económico no reintegrable por la suma de $13.062.392,35 (PESOS TRECE MILLONES SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS), IVA incluido;
Que el aporte mencionado en el párrafo ut-supra, será efectivizado de la siguiente manera: a) El Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano aportara el 50 % (cincuenta por ciento), es decir la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON DIECIOCHO CENTAVOS ($6.531.196,18), b) El Ministerio de Desarrollo Humano aportara el 50% (cincuenta por ciento) restante, es decir la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON DIECISIETE CENTAVOS ($6.531.196,17);
Que consta a fs. 41 la autorización del señor Subsecretario de Coordinación y Enlace A/C de la Secretaria General de Gobierno;
Que a fs. 31, se encuentra agregada la imputación preventiva del gasto a efectuarse por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano;
Que a fs. 37, se encuentra agregada la imputación preventiva del gasto a efectuarse por el Ministerio de Desarrollo Humano;
Que la Dirección de Asesoramiento Legal y Técnico del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, se ha expedido sobre la legalidad del presente;
Que ha tomado intervención el Asesor General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Otorgase un subsidio en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N°1232/00 y N°2424/04 a la Municipalidad de Trelew (CUIT: 30-99922306-7), en la persona de su Intendente, Sr. Gerardo Andrés MERINO (DNI 25.710.148), por la suma de PESOS TRECE MILLONES SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($13.062.392,35), los cuales serán destinados a solventar los gastos de materiales a generarse para la ejecución de la reconstrucción de una Vivienda ubicada en la Parcela 10- Sector 2 -Circunscripción 1- Ejido 37-Depto 1- Plano N°18497-calle Monserrat N° 516 de la ciudad de Trelew.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará: por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON DIECIOCHO CENTAVOS ($6.531.196,18) con cargo a la Jurisdicción 8 - Secretaria de Infraestructura y Planificación - Sub-jurisdicción 0 - SAF 302- Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano - Programa 18 - Asistencia Física y Financiera para el Mejoramiento del Hábitat - Actividad A01 - Asistencia a Municipios - Inciso 5 — Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 — Fuentes de Financiamiento 2.22, 3.69, 4.40 y/o 6.09 - Ubicación Geográfica: Trelew - Finalidad 3 — Función 370- Ejercicio 2024 y subsiguientes; y, por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON DIECISIETE CENTAVOS ($6.531.196,17) con cargo a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Saf: 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 22 - Asistencia Social - Actividad 01 - Asistencia Comunidad - Inciso 5- Partida Principal 7 - Parcial 6 - Aporte a gobiernos municipales -Fuente de Financiamiento 4.41 - Ubicación Geográfica: Trelew Ejercicio 2024 y subsiguientes.
Artículo 3°.- La Municipalidad de Trelew deberá utilizar los fondos aportados dentro de los treinta (30) días corridos de desembolsados y dentro de los sesenta (60) días de invertidos deberá efectuar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia (Decreto N° 1304/78, artículo 1°, incisos 5 y 6).
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro, Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y por la Sra. Ministro de Desarrollo Humano.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, Archívese.-

DECRETO N°330/24

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 2424/2004

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)