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Título: Orden de prelación de los Subsecretarios que actuarán en reemplazo del Secretario de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable |
Fecha Registro: 13/05/2024 |
Detalle: RAWSON, 13 MAY 2024 VISTO: El Expediente N° 1112/24 - SAyCDS; y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley de Ministerios I N° 764, se establecen las competencias y atribuciones de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable de la Provincia del Chubut; Que por Decreto N° 1716/23, se aprueba la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable; Que en consecuencia, resulta necesario establecer el orden de prelación de los Subsecretarios que actuarán en reemplazo del Secretario de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable en caso de impedimento o de ausencia, de conformidad con el artículo 155° inciso 15 de la Constitución Provincial; Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaria de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- ESTABLECER que en caso de impedimento o de ausencia del señor Secretario de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, el refrendo de los actos del Poder Ejecutivo será ejercido en las condiciones del artículo 155° inciso 15 de la Constitución Provincial, por los Subsecretarios en el orden de prelación que seguidamente se detalla: 1. - Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable. 2. - Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental. 3. - Subsecretaría de Comunicación y Educación Ambiental. Artículo 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial cumplido, ARCHIVESE. DECRETO N° 567 |
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