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Título: Reconocer los servicios efectivamente prestados a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales por el señor Ignacio Nicolás BASSANI |
Fecha Registro: 20/05/2024 |
Detalle: RAWSON, 20 MAY 2024 VISTO: El Expediente N° 241/24-SP; y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto, se tramita reconocer los servicios efectivamente prestados a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales por el señor Ignacio Nicolás BASSANI, dependiente de la Secretaría de Pesca, por el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2024 hasta el 28 de enero de 2024 inclusive, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el periodo objeto de aprobación; Que el señor Ignacio Nicolás BASSANI, no ha percibido remuneración alguna por su desempeño efectivo a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría de Pesca, durante el periodo comprendido desde el 1 de enero del 2024 hasta el 28 de enero de 2024 inclusive; Se dicta la presente resolución en el marco de la Ley I N° 764, artículo 4°, Inciso 8) y 13); Que encontrándose reunidos en el caso los supuestos de hecho necesarios, resulta procedente otorgar eficacia retroactiva al acto conforme lo previsto en el artículo 32 de la Ley I N° 18; Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente tramite; Que la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Pesca ha tomado intervención; Que la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Pesca, ha tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaria General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente tramite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Reconocer los servicios efectivamente prestados a cargo de la Dirección General de Asuntos Legales por el señor Ignacio Nicolás BASSANI (D.N.I: 38.805.745 - Clase 1995), dependiente de la Secretaría de Pesca, por el período comprendido desde 1 de enero de 2024 hasta 28 de enero de 2024 inclusive, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación, según lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se imputará en la Jurisdicción 61- Secretaría de Pesca - SAF 61 - Programa 1 : Conducción de la Secretaría de Pesca - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Pesca - Ejercicio 2024. Artículo 3°.- El Presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 4°- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DECRETO N° 596/24 |
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