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Decreto 786 / 2024 Ignacio Torres 

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Título: Declarar el estado de emergencia climática en los Departamentos de Florentino Ameghino, Sarmiento, Río Senguer y Escalante de la Provincia del Chubut
 
Fecha Registro: 27/06/2024
 
Detalle:

RAWSON, 27 JUN 2024
VISTO:
El Expediente N° 1950-GB-2024; y
CONSIDERANDO:
Que los Departamentos de Florentino Ameghino, Sarmiento, Río Senguer y Escalante de la Provincia del Chubut se encuentran afectadas por persistentes temporales de viento, lluvia y nieve que azotan la región patagónica, y que han superado a las contingencias climáticas estacionales propias que razonablemente se podían prever y las medidas preventivas y proactivas que habitualmente se toman con apropiada anticipación;
Que las condiciones climáticas inusuales que está viviendo la región patagónica, exigen la adopción de medidas extraordinarias con la celeridad que requiere la situación, que justifica la declaración de emergencia que se efectúa por el presente;
Que en el marco conceptual, corresponde declarar la emergencia climática, atendiendo a ¡a situación de fuerza mayor en lo normado por el artículo 36° inciso b) de la Ley II N° 76, lo que resulta procedente que los titulares de los Ministerios y Secretarios del Poder Ejecutivo Provincial efectúen gastos o erogaciones no incluidos en la Ley de Presupuesto General;
Que la declaración de emergencia climática será por un plazo de NOVENTA (90) días corridos;
Que, a los fines de dar de soluciones concretas y en tiempo oportuno a los afectados por los fenómenos climáticos, procede exceptuar a los titulares de los Departamentos de Estado que en el marco de la emergencia y a los fines tenidos en cuenta para su declaración, del cumplimiento de la limitación impuesta por el artículo 6° del Decreto N° 2424/04, según sus modificaciones, en orden a la suma máxima vigente por lo que están autorizados a otorgar los subsidios no reintegrables (Decreto N° 1304/78); resultando suficientes a esos fines el otorgamiento por el Ministro o Secretario de Estado oficiante, quien deberá dictar el acto administrativo correspondiente;
Que la excepción mencionada en el considerando precedente se limita a los aportes no reintegrables que se otorguen a lo dispuesto en el Decreto N° 1304/78 y sus modificatorias y en el marco de la emergencia climática declarada en el ámbito jurisdiccional indicado en el artículo 1o del presente, y durante el plazo de vigencia allí establecido;
Que las contrataciones directas que los titulares de los Ministerios y Secretarios de Estado autoricen a los fines de adquirir bienes o servicios en el marco de la emergencia climática que se declara, invocando razones de urgencia en los términos establecidos por la Ley II N° 76, artículo 95 inciso c), apartado 5) y del Decreto N° 777/06, y con excepción a cualquier otro requisito reglamentario; no deben superar de los cien (100) módulos por contratación;
Que se autoriza a los señores Ministros y Secretarios de Estado del Poder Ejecutivo, dentro del límite temporal de la declaración de emergencia que se efectúa en el presente y en el marco de la misma, a gestionar contrataciones y otorgar subsidios por el límite de hasta cien (100) módulos conforme por Decreto N° 431/24, para contrarrestar los efectos causados por el evento climatológico;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. Declarar el estado de emergencia climática en los Departamentos de Florentino Ameghino, Sarmiento, Río Senguer y Escalante de la Provincia del Chubut, a partir de la fecha del presente decreto y por el plazo de NOVENTA (90) días corridos.
Artículo 2°. Autorizar a los señores Ministros y Secretarios de Estado del Poder Ejecutivo, dentro del límite temporal de la declaración de emergencia que se efectúa en el presente y en el marco de la misma, a gestionar contrataciones y otorgar subsidios por el límite de hasta cien (100) módulos fijados conforme por Decreto N° 431/24.
Artículo 3°. El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 4°.Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 786

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 2424/2004
(Se relaciona) Decreto 777/2006

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)