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Título: Modificar los detalles analíticos de las plantas presupuestarias de personal, eliminándose de la Jurisdicción 8: Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 88: Secretaría de Infraest |
Fecha Registro: 15/10/2024 |
Detalle: RAWSON, 15 OCT 2024 VISTO: El Expediente N°002562-SIEyP-24; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto se solicita trasladar, a partir de la fecha del presente decreto, a la agente María Sofía Panasia, cargo Ayudante Administrativo - Clase V - Agrupamiento Carrera/Personal Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11, dependiente de la Dirección General de Obras Municipales - Subsecretaría de Obras Públicas, al mismo cargo en la Subsecretaría de Proyectos Estratégicos de Infraestructura para el Desarrollo, ambas dependientes de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación; Que el presente trámite encuentra sustento legal en los incisos c), d) e i) del artículo 48 - capítulo IX - Derecho de los Trabajadores - del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11; Que es necesario mencionar que el traspaso del cargo y masa salarial de la agente María Sofía Panasia, fueron autorizados a fojas 2 del presente, no originando incremento en la masa salarial existente; Que por lo expuesto resulta necesario modificar los detalles analíticos de las plantas presupuestarias de personal, eliminándose de la Jurisdicción 8: Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 88: Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Programa 30: Programa de Fortalecimientos Municipalidades y Comunas Rurales - Actividad 5: Conducción Infraestructura Fortalecimiento Municipalidades: un (1) cargo Clase V - Agrupamiento/Carrera Personal Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11 e incrementándose el mismo cargo en el Programa 1: Conducción de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Actividad 1: Conducción de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, de acuerdo a los Anexos A y B, que forman parte integrante del presente decreto; Que asimismo se deberá modificar los Planteles Básicos de la Dirección General de Obras Municipales - Subsecretaría de Obras Públicas eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo Clase V - Agrupamiento/Carrera Personal Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11 e incrementándose el mismo cargo, en la Subsecretaría de Proyectos Estratégicos de Infraestructura para el Desarrollo, ambos dependientes de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación; Que la Ley II N° 289 en el artículo 13 - apartado I - inciso a) - punto 5 autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en la Planta Presupuestaria de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no de un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobada por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificada por Ley II N° 298; Que el presente tramite se dicta en el marco de las facultades de la Ley I N° 764, modificada por Ley I N° 770; Que la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, ha tomado intervención; Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, ha tomado legal intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado legal intervención; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Modificar los detalles analíticos de las plantas presupuestarias de personal, eliminándose de la Jurisdicción 8: Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 88: Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Programa 30: Programa de Fortalecimientos Municipalidades y Comunas Rurales - Actividad 5: Conducción Infraestructura Fortalecimiento Municipalidades: un (1) cargo Clase V - Agrupaniiento/Carrera Personal Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11 e incrementándose el mismo cargo en el Programa 1: Conducción de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Actividad 1: Conducción de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, de acuerdo a los Anexos A y B, que forman parte integrante del presente decreto. Artículo 2°. Modificar los Planteles Básicos de la Dirección General de Obras Municipales Subsecretaría de Obras Públicas eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo Clase V - Agrupamiento/Carrera Personal Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11 e incrementándose el mismo cargo, en la Subsecretaría de Proyectos Estratégicos de Infraestructura para el Desarrollo, ambas dependientes de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación. Artículo 3°. Trasladar, a partir de la fecha del presente decreto, a la agente María Sofía Panasia, (DNI N° 34.665.164 - Clase 1989) cargo Ayudante Administrativo - Clase V ~ Agrupamiento/Carrera Personal Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11, dependiente de la Dirección General de Obras Municipales - Subsecretaría de Obras Públicas, al mismo cargo en la Subsecretaría de Proyectos Estratégicos de Infraestructura para el Desarrollo, ambos dependientes de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación, por aplicación del artículo 48 incisos c), d) e i) del Convenio Colectivo de Trabajo N° 10/11. Artículo 4°, El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se imputará a Jurisdicción 8; Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF: 88 Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Programa 1: Conducción de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Actividad 1: Conducción de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación - Ejercicio 2024. Artículo 5°. Anótese en la marginal del Anexo B e I del Decreto N° 451/24, la modificación que por este acto se dispone. Artículo 6°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 7°. Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1469 Planillas Anexas en el Decreto Original |
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