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Título: OTÓRGASE un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Gaiman destinado a ejecución de la Obra: “AMPLIACION RED INTERNA DE GAS ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO YSGOL GYMRAEG” |
Fecha Registro: 17/10/2024 |
Detalle: RAWSON,17 OCT 2024 VISTO: El expediente N° 2394-SIEyP-2024; y CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Gaiman para la concreción de la Obra: “AMPLIACION RED INTERNA DE GAS ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO YSGOL GYMRAEG”; Que a foja 03 consta nota N° 121/2024 de fecha 27 de junio de 2024 suscripta por el Señor Intendente Municipal de Gaiman a través de la cual solicita el financiamiento para la concreción de la obra mencionada; Que la documentación relativa a la obra luce agregada al expediente; Que a foja 02 la Dirección de Proyectos de Inversión de la Dirección General de Obras Municipales no presenta objeciones técnicas al proyecto presentado; Que el aporte asciende a un monto total de PESOS TRES MILLONES CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.103.236,82); Que a foja 16 se informa que se cuenta con crédito presupuestario para realizar el presente aporte; Que a foja 18 obra Acta Compromiso suscripta entre la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación y, la Municipalidad de Gaiman; Que obra intervención de la Contaduría General de la Provincia; Que el presente trámite se encuadra en lo prescripto por el Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios; Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. OTÓRGASE un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.103.236,82) a favor de la Municipalidad de Gaiman destinado a ejecución de la Obra: “AMPLIACION RED INTERNA DE GAS ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO YSGOL GYMRAEG”, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden, en el marco del Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios. Artículo 2°. El desembolso del aporte otorgado en el artículo anterior se hará efectivo mediante un único desembolso de PESOS: TRES MILLONES CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.103.236,82),que será otorgado dentro de los diez (10) días de la firma del presente decreto. Artículo 3°. DESIGNASE como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados por el artículo 1°, al Señor Intendente de la Municipalidad de Gaiman, Darío Ernesto JAMES, DNI N° 21.557.684. Artículo 4°. El subsidio otorgado deberá ser invertido en el objeto para el cual fue asignado, dentro de los treinta (30) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión, según lo estipulado por el artículo 1°,incisos 5 y 6 del Decreto N° 1304/78. Artículo 5°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado de la siguiente manera: SAF 91 - Programa 96 - Actividad 01 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2024. Artículo 6°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y de Economía. Artículo 7°. REGÍSTRESE, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE. DECRETO N° 1501/2024 |
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