Buscar instrumentos legales

 

Tipo Número (ej.: 1-100) Título
   

Buscador avanzado >>

 

Decreto 1486 / 2024 Ignacio Torres 

Imprimir detalle
Título: OTÓRGASE un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa destinado a la ejecución de la Obra: “ADECUACION DE LA RED PLUVIALES DE GOBERNADOR COSTA”
 
Fecha Registro: 17/10/2024
 
Detalle:

RAWSON,17 OCT 2024

VISTO:
El expediente N° 1928-SIEyP-2024; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa para la ejecución de la Obra: “ADECUACION DE LA RED PLUVIALES DE GOBERNADOR COSTA”;
Que a foja 04 consta nota de fecha 17 de mayo de 2024 suscripta por el Señor Intendente Municipal de Gobernador Costa a través de la cual explica que existen sectores críticos donde no hay escurrimiento pluvial correctamente encauzado lo cual genera situaciones de inseguridad vial e incomodidad para los peatones;
Que la documentación relativa a la obra luce agregada al expediente;
Que a foja 23 la Dirección de Proyectos de Inversión de la Dirección General de Obras Municipales formula observaciones al proyecto presentado;
Que la citada Dirección informa a foja 45 que el Municipio ha dado cumplimiento con lo requerido;
Que el beneficio asciende a un monto total de PESOS SESENTA MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 60.000.000,00);
Que a foja 56 se informa que se cuenta con crédito presupuestario para realizar el presente aporte;
Que obra intervención de la Contaduría General de la Provincia;
Que los titulares de las jurisdicciones están facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro módulos conforme Decreto N° 2424/04;
Que por Decreto N° 970/24 y conforme las facultades otorgadas por el artículo 118° de la Ley II N° 76, se fijo el valor del modulo en la suma de pesos trescientos diez mil ochocientos sesenta y ocho con 00/100 centavos ($ 310.868,00);
Que en virtud del monto del objeto del presente subsidio corresponde que el mismo sea otorgado por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que en virtud de lo expuesto debe dictarse el pertinente acto administrativo;
Que el presente trámite se encuadra en lo prescripto por el Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. OTÓRGASE un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS SESENTA MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 60.000.000,00) a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa destinado a la ejecución de la Obra: “ADECUACION DE LA RED PLUVIALES DE GOBERNADOR COSTA”, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden, en el marco del Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios.
Artículo 2°. El desembolso del aporte otorgado en el artículo anterior se hará efectivo con un desembolso inicial de PESOS: DOCE MILLONES CON CERO CENTAVOS ($ 12.000.000,00), equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%), que será otorgado dentro de los diez (10) días de la firma del presente decreto y el saldo restante será en cuotas contra certificación de avance de obra.
Artículo 3°. DESIGNASE como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados por el artículo 1°, al Señor Intendente de la Municipalidad de Gobernador Costa, Miguel Ángel GOMEZ, DNI N° 20.236.496.
Artículo 4°. El subsidio otorgado deberá ser invertido en el objeto para el cual fue asignado dentro de los treinta (30) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de Ia Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión, según lo estipulado por el articulo 1°, incisos 5 y 6 del Decreto N° 1304/78.
Artículo 5°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 8 - SAF 88 Secretaria de Infraestructura, Energía y Planificación - Programa 30 - Actividad 02 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01-Fuente de Financiamiento 3.68 - Ejercicio 2024.
Artículo 6°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y de Economía.
Artículo 7°. REGÍSTRESE, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.

DECRETO N° 1486/2024
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 2424/2004
(Se relaciona) Decreto 970/2024

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)