Imprimir detalle |
Título: Otorgase un aporte económico a favor de la Municipalidad de Esquel destinado a solventar los gastos que demande la compra de materiales para llevar a cabo el Proyecto “Red de puntos verdes en la ciuda |
Fecha Registro: 01/11/2024 |
Detalle: RAWSON, 01 NOV 2024 VISTO: El Expediente N° 2870/24- SAyCDS; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Municipalidad de Esquel, representada por el Señor Intendente Matías Federico Tacetta, Documento Nacional de Identidad N° 26.250.195, y por la Señora a cargo de la Dirección de Tesorería dependiente de la Secretaria de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel, Selva Beatriz Calderero, Documento Nacional de Identidad N° 28.516.587, por un importe total de PESOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL OCHO ($ 15.514.008,00), destinado a solventar los gastos que demande el Proyecto “Red de pinitos verdes en la ciudad de Esquel”-, Que la presente medida es impulsada en el marco del programa “Chubut Sustentable”, creado por medio de la Resolución N° 53/24-SAyCDS, de financiamiento a municipios y comunas rurales, destinado a proyectos de mejora en la gestión ambiental y promoción de Acciones sustentables; Que a fojas 50 del expediente citado en el Visto, se encuentra el Preventivo N° 529027; Que a fojas 51 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer fíente al gasto; Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico; Que la Municipalidad de Esquel, solicita formalmente a fojas 01, aporte económico para la compra de elementos y herramientas para llevar a cabo el proyecto “Red de puntos verdes en la ciudad de Esquel”, Que el Señor Intendente y la Señora Tesorera a cargo de la Municipalidad de Esquel, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados; Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, razón por la cual no existen impedimentos para otorgar el mencionado aporte económico, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL OCHO ($ 15.514.008,00); Que han tomado intervención en el presente trámite la Dirección General de Administración y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otorgase un aporte económico en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL OCHO ($ 15.514.008,00), a favor de la Municipalidad de Esquel, representada por el Señor Intendente Matías Federico Tacetta, Documento Nacional de Identidad N° 26.250.195, y por la Señora a cargo de la Dirección de Tesorería dependiente de la Secretaria de Economía y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Esquel, Selva Beatriz Calderero, Documento Nacional de Identidad N° 28.516.587, destinado a solventar los gastos que demande la compra de materiales para llevar a cabo el Proyecto “Red de puntos verdes en la ciudad de Esquel ". Artículo 2°. Designase como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados por el artículo anterior, al Señor Intendente Matías Federico Tacetta, y la Señora Tesorera Selva Beatriz Calderero. Artículo 3°. El aporte económico otorgado deberá ser invertido durante los TREINTA (30) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut dentro de los SESENTA (60) días de su inversión, según lo estipulado por los incisos 5 y 6 del artículo 1° del Decreto N° 1304/78. Artículo 4°. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro, o depositarlos en la Cuenta N° 5000008/9 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut. Artículo 5°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 - Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial - Programa: 01 - Conducción y Administración - Actividad: 1 - Inciso: 5 - Partida Principal: 7 - Partida Parcial: 6 - Aportes a gobiernos municipales - Fuente de Financiamiento: 3.11- Ejercicio 2024. Artículo 6°. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 7°. Regístrese, notifíquese, comuniqúese al Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1638 |
|