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Título: Otórgase un subsidio a favor de la Municipalidad de José de San Martín destinado a solventar desequilibrios financieros |
Fecha Registro: 13/11/2024 |
Detalle: RAWSON; 13 NOV 2024 VISTO: El Expediente N° 2648/2024 SGG; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de José de San Martín representada por su Intendente señor Rubén Osvaldo Calpanchay, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada Municipalidad; Que a fojas 11 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios; Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282, modificado por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24 y modificado por Ley II N° 298; Que ha tomado intervención de la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otórgase un subsidio por la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00) a favor de la Municipalidad de José de San Martín (C.U.I.T. N° 30- 67034112-3) representada por su Intendente señor Rubén Osvaldo Calpanchay (D.N.I. N° 20.589.575), destinado a solventar desequilibrios financieros que afronta la mencionada Municipalidad. Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de José de San Martín señor Rubén Osvaldo Calpanchay (D.N.I. N° 20.589.575), será responsable de la administración, debida inversión y rendición de los fondos otorgados. Artículo 3°. El subsidio otorgado mediante el artículo Io del presente decreto deberá ser invertido por el responsable dentro de los sesenta (60) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, remitiendo copia de la rendición de cuentas a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de Gobierno. Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, y que asciende a la suma total de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAFIO - Programa 20 - Actividad 1 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 1.11- Ejercicio 2024. Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 6°. Regístrese, comuniqúese, notifíquese, y cumplido, archívese. DECRETO N° 1716 |
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