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Título: Otorgase un aporte económico a favor de la Municipalidad de El Hoyo destinado a llevar a cabo el Proyecto "Gestión de residuos sólidos urbanos y rurales en el municipio de El Hoyo" |
Fecha Registro: 09/12/2024 |
Detalle: rawson,09 DIC 2024 VISTO: El Expediente N° 3190/24- SAyCDS; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Municipalidad de El Hoyo, representada por el Señor Intendente Cesar Fabián Salamin, Documento Nacional de Identidad N° 28.872.252, y por el Señor Secretario de Economía y Finanzas de la Municipalidad de El Hoyo, Leonardo Gabriel Guerrero, Documento Nacional de Identidad N° 25.766.660, por un importe total de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON SESENTA CENTAVOS ($ 10.523.668.60), destinado a llevar a cabo el Proyecto “Gestión de residuos sólidos urbanos y rurales en el municipio de El Hoyo " Que la presente medida es impulsada en el marco del programa “Chubut Sustentable”, creado por medio de la Resolución N° 53/24-SAyCDS, de financiamiento a municipios y comunas rurales, destinado a proyectos de mejora en la gestión ambiental y promoción de acciones sustentables; Que a fojas 21 del expediente citado en el Visto, se encuentra el Preventivo N° 532963; Que a fojas 22 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico; Que la Municipalidad de El Hoyo, solicita formalmente a fojas 02, la asistencia económica para llevar a cabo el Proyecto “Gestión de residuos sólidos urbanos y rurales en el municipio de El Hoyo. Que el Señor Intendente y el Señor Secretario de Economía y Finanzas de la Municipalidad de El Hoyo, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados; Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, razón por la cual no existen impedimentos para otorgar el mencionado aporte económico, por la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON SESENTA CENTAVOS ($ 10.523.668.60); Que han tomado intervención en el presente trámite la Dirección General de Administración y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1º. Otorgase un aporte económico en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, por la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON SESENTA CENTAVOS ($ 10.523.668.60) a favor de la Municipalidad de El Hoyo,representada por el Señor Intendente Cesar Fabián Salamin, Documento Nacional de Identidad N° 28.872.252, y por el Señor Secretario de Economía y Finanzas de la Municipalidad de El Hoyo, Leonardo Gabriel Guerrero, Documento Nacional de Identidad N° 25.766.660, destinado a llevar a cabo el Proyecto "Gestión de residuos sólidos urbanos y rurales en el municipio de El Hoyo Artículo 2º. Designase como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados por el artículo anterior, al Señor Intendente Cesar Fabián Salamin, y al Señor Secretario de Economía y Finanzas de la Municipalidad de El Hoyo, Leonardo Gabriel Guerrero. Artículo 3º. El aporte económico otorgado deberá ser invertido durante los TREINTA (30) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut dentro de los SESENTA (60) días de su inversión, según lo estipulado por los incisos 5 y 6 del artículo 1º del Decreto N° 1304/78. Artículo 4º. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro, o depositarlos en la Cuenta N° 021-020-000203443-007 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut. Artículo 5º. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 -Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial - Programa: 01 - Conducción y Administración - Actividad: 1 - Inciso: 5 - Partida Principal: 7 - Partida Parcial: 6 - Aportes a gobiernos municipales - Fuente de Financiamiento: 3.11- Ejercicio 2024. Artículo 6º. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 7º. Regístrese, notifíquese, comuníquese al Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO 1843/2024 |
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