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Título: Otorgase un aporte económico a favor de la Municipalidad de Puerto Madryn |
Fecha Registro: 09/12/2024 |
Detalle: RAWSON, 09 DIC 2024 VISTO: El Expediente N° 3073/24- SAyCDS; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Municipalidad de Puerto Madryn, representada por el Señor Intendente Gustavo Rafael Sastre, Documento Nacional de Identidad N° 22.207.626, y por la Señora a cargo de la Dirección de Tesorería de la Municipalidad de Puerto Madryn, Carolina Andrea Tejada, Documento Nacional de Identidad N° 28.238.015, por un importe total de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA 16.908.650,00), destinado a llevar a cabo el Proyecto ''Area Protegida Municipal La Laguna”; Que la presente medida es impulsada en el marco del programa “Chubut Sustentare”, creado por medio de la Resolución N° 53/24-SAyCDS, de financiamiento a municipios y comunas rurales, destinado a proyectos de mejora en la gestión ambiental y promoción de acciones sustentables; Que a fojas 41 del expediente citado en el Visto, se encuentra el Preventivo N° 532650; Que a fojas 42 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que no existe impedimento pata otorgar el mencionado aporte económico; Que la Municipalidad de Puerto Madryn, solicita formalmente a fojas 02 y 03, mediante Nota N° 596/24-le, la asistencia económica para llevar a cabo el Proyecto “Área Protegida Municipal La Laguna Que el Señor Intendente y la Señora Tesorera a cargo de la Municipalidad de Puerto Madryn, serán los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados; Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04,- razón por la cual no existen impedimentos para otorgar el mencionado aporte económico, por la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 16.908.650,00); Que han tomado intervención en el presente trámite la Dirección General de Administración y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otorgase un aporte económico en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04, por la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 16.908.650,00) a favor de la Municipalidad de Puerto Madryn, representada por el Señor Intendente Gustavo Rafael Sastre, Documento Nacional de Identidad N° 22.207.626, y por la Señora a cargo de la Dilección de Tesorería de la Municipalidad de Puerto Madryn, Carolina Andrea Tejada, Documento Nacional de Identidad N° 28.238.015, destinado a llevar a cabo el Proyecto “Area Protegida Municipal La Laguna”. Articulo 2°. Designase como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados por el artículo anterior, al Señor Intendente Gustavo Rafael Sastre, y la Señora Tesorera a cargo Carolina Andrea Tejada. Artículo 3°. El aporte económico otorgado deberá ser invertido durante los TREINTA (30) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut dentro de los SESENTA (60) días de su inversión, según lo estipulado por los incisos 5 y 6 del artículo 1° del Decreto N° 1304/78. Artículo 4°. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro, o depositarlos en la Cuenta N° 021-020-000203443-007 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro de) plazo máximo fijado para presentar la rendición al Tribunal de Cuentas de Ja Provincia del Chubut. Artículo 5°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 - Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito Provincial - Programa: 01 - Conducción y Administración - Actividad: 1 - Inciso: 5 - Partida Principal: 7 - Partida Parcial: 6 - Aportes a gobiernos municipales - Fuente de Financiamiento: 3.11 — Ejercicio 2024. Artículo 6°. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 7°. Regístrese, notifiquese, comuníquese al Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1835 |
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