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Título: Estructura ,Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable |
Fecha Registro: 20/12/2024 |
Detalle: RAWSON 20 DIC 2024 VISTO: El Expediente N°3260 - SAyCDS - 2024, la Ley I N° 764 y los Decretos N° 1716/23 y N° 1732/24; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el visto se tramita la aprobación de la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable; Que la Ley I N° 764 define las Estructuras de las áreas Ministeriales y Secretarías que componen la Administración Central, creando y readecuando las competencias asignadas a cada área; Que asimismo, el artículo 30 de la Ley I N° 764 faculta al Poder Ejecutivo a adecuar la estructura orgánico funcional y presupuestaria de las dependencias que integran los distintos Ministerios y Secretarías de Estado, y a tal fin, para efectivizar el cumplimiento de dicha Ley, permite transferir dependencias y bienes patrimoniales y distribuir el personal necesario; Que en virtud de la restructuración de cargos de la administración pública provincial, se propone aprobar la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, aprobada oportunamente por los Decretos N° 1716/23 y N° 1732/24, de acuerdo al Anexo B (hojas I a 7) que forma parte integrante del presente decreto; Que la presente modificación consiste en eliminar orgánicamente el Departamento Mesa de Entradas dependiente de la Dirección de Persona) y Despacho, el Departamento Coordinación Administrativa de la Dirección de Administración dependiente de la Dirección General de Administración y el Departamento Gestión de Sustancias y Residuos Peligrosos de la Dirección de Control Operativo Ambiental dependiente de la Dirección General Comarca Virch, Península Valdés y Meseta Central de la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, Que además se propone el cambio de denominación de la Subsecretaría de Conservación y Educación Ambiental, la cuai se denominará Subsecretaría de Manejo de Biodiversidad y Educación Ambiental; Que la Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289 y Ley II N° 298, en su artículo 13° - punto 1 inciso a) apartado 5), faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las plantas de personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no de un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón; Que para proceder a las eliminaciones citadas, resulta necesario la modificación del detalle analítico de la planta presupuestaria de personal en la Jurisdicción: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Programa: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Actividad: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable y del Programa: 17 - Regulación y Control Ambiental - Actividad: 3 - Comarca Virch, conforme ai Anexo A (hojas 1 y 2), que forma parte integrante del presente decreto; Que para ello se deberán modificar los planteles básicos de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, eliminándose dos (2) cargos Jefe Departamento - Categoría 16, de la Ley I N° 74, del Programa: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Actividad: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable y un (1) cargo Jefe Departamento - Categoría 16 de la Ley I N° 74, del Programa: 17 - Regulación y Control Ambiental- Actividad: 3 — Comarca Virch, conforme al Anexo A (hojas 1 y 2), que forma parte integrante del presente decreto; Que es necesario aprobar la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, conforme al Anexo B (hojas I a 7), que forma parte integrante del presente decreto Que es necesario aprobar las misiones, funciones y requisitos de ¡a estructura orgánico funcional, que por el presente acto se propicia, de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, de acuerdo al Anexo C (hojas 1 a 49), que forma parte integrante del presente decreto; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobada por Ley II N° 282, modificada por Ley II N° 289, prorrogado por Decreto N° 01/24, modificada por Ley II N° 298; Que las designaciones procedentes conforme la nueva estructura orgánico funcional, quedarán sujetas a la existencia de disponibilidad presupuestaria; Que la Dirección de Personal y Despacho y la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, han tomado intervención en el presente trámite; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Modificar el detalle analítico de la planta presupuestaria de personal en la Jurisdicción: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - SAF: 63 - Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Programa: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Actividad: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable y del Programa: 17 - Regulación y Control Ambiental - Actividad: 3 - Comarca Virch, conforme al Anexo A (hojas 1 y 2), que forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2°. Modificar los planteles básicos de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, eliminándose dos (2) cargos Jefe Departamento - Categoría 16, de la Ley I N° 74, del Programa: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Actividad: 1 - Conducción y Administración de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable y un (1) cargo Jefe Departamento - Categoría 16 de la Ley I N° 74 del Programa: 17 - Regulación y Control Ambiental - Actividad: 3 - Comarca Virch, conforme al Anexo A (hojas 1 y 2), que forma parte integrante del presente decreto. Artículo 3°. Aprobar, a partir de la fecha del presente decreto, la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, conforme al Anexo B (hojas 1 a //... 7), que forma parte integrante del presente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos respectivos. Artículo 4°. Aprobar las misiones, funciones y requisitos de los cargos para la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, conforme al Anexo C (hojas I a 49), que forma parte integrante del presente decreto, en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden. Artículo 5°. Abrogar, a partir de la fecha del presente decreto, los Decretos N° 1716/23 y N° 1732/24. Artículo 6°. Las designaciones procedentes conforme la nueva estructura orgánico funcional, quedarán sujetas a la existencia de disponibilidad presupuestaria. Articulo 7°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Economía y Gobierno. Artículo 8°. Regístrese, comuníquese, notifiquese, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 1936 |
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