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Título: Autorizar la contratación tramitada por la Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos con la firma SMART CONSUMER S.A. por el servicio integral de tecnología digital |
Fecha Registro: 15/01/2025 |
Detalle: RAWSON, 15 ENE 2025 VISTO: El Expediente N° 3035/2024 - SGG; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto la Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos dependiente de la Secretaría General de Gobierno tramita la contratación con la firma SMART CONSUMER S.A. , por el servicio integral de tecnología digital que abarque todos los aspectos de la gestión pública provincial, desde la operación interna hasta la interacción con los ciudadanos, que tendrá lugar por el término de CINCO (5) meses, a partir del día 1 de enero del año 2025 y hasta el día 31 de mayo del mismo año; Que el servicio solicitado surge de la necesidad de mejorar la eficiencia en la prestación de servicios que brinda el Estado Provincial; Que el costo de la contratación en cuestión asciende a la suma total de PESOS TRES MIL VEINTE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CON CERO CENTAVOS ($3.020.245.700,00) pagadero de la siguiente manera: pago inicial del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total , por la suma de PESOS MIL QUINIENTOS DIEZ MILLONES CIENTO VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON CERO CENTAVOS ($ 1.510.122.850,00), lo cual deberá ser abonado dentro del primer mes de contratación, el CINCUENTA PORCIENTO (50%) restante, equivalente a PESOS MIL QUINIENTOS DIEZ MILLONES CIENTO VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON CERO CENTAVOS ($ 1.510.122.850,00), será abonado en CUATRO (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS DOCE CON CINCUENTA CENTAVOS ($377.530.712,50); Que a fojas 6/7 constan las autorizaciones reglamentarias para efectuar la contratación; Que el presente trámite cuenta con crédito presupuestario conforme lo informado a fojas 48; Que la presente contratación se enmarca legalmente en el artículo 95 inciso C) apartado 5), el artículo 105 de la Ley II N° 76 y el artículo 5° del Decreto Reglamentario N° 777/06; Que el gasto que demande el presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307; Que corresponde dictar el acto administrativo que autorice la contratación en cuestión; Que la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado legal intervención en el presente trámite; POR ELLO: LA SECRETARLA GENERAL DE GOBIERNO RESUELVE: Artículo 1°. Autorizar la contratación tramitada por la Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos dependiente de la Secretaría General de Gobierno con la firma SMART CONSUMER S.A. (CUITN° 33-71464109-9), por el servicio integral de tecnología digital, por el término de CINCO (5) meses, a partir del día 1 de enero del año 2025 y hasta el día 31 de mayo del mismo año, por la suma total de PESOS TRES MIL VEINTE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CON CERO CENTAVOS ($3.020.245.700,00) pagaderos de la siguiente manera: Pago inicial del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total, por la suma de PESOS MIL QUINIENTOS DIEZ MILLONES CIENTO VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON CERO CENTAVOS ($ 1.510.122.850,00), lo cual deberá ser abonado dentro del primer mes de contratación, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante, equivalente a PESOS MIL QUINIENTOS DIEZ MILLONES CIENTO VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON CERO CENTAVOS ($ 1.510.122.850,00), será abonado en CUATRO (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS DOCE CON CINCUENTA CENTAVOS ($377.530.712,50). Artículo 2°. Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente contratación el cual asciende la suma total de PESOS TRES MIL VEINTE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CON CERO CENTAVOS ($3.020.245.700,00) será imputado en la Jurisdicción 10-SAF 10 — Programa 04 —Actividad 01 - Incisos 3.4.6.-Fuente de Financiamiento 1.11-Ejercicio 2025. Artículo 3°. La presente resolución será refrendada por la señora Subsecretaría de Innovación y Mejora de Procesos. Artículo 4°. Regístrese, comuniquese, y cumplido, archívese. RESOLUCION N° 21 |
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